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Ningún ministro del gobierno del presidente Gustavo Petro tiene publicada su declaración de renta, como lo ordena la ley
Además, ocho del gabinete no han cumplido con su obligación de actualizarla anualmente.
Los ministros deben actualizar cada año la publicación de sus declaraciones de bienes e impuesto de renta. Foto: ELTIEMPO

EDITOR DE UNIDAD DE DATOSActualizado:
Pese a que la ley es clara y que no ha habido modificación alguna de las normas al respecto, a la fecha ninguno de los ministros del gobierno de presidente Gustavo Petro tiene publicada su declaración de renta. Tan solo registran el documento correspondiente a manifestación proactiva de bienes, ingresos y posibles conflictos de interés.
Ministros del gabiente del presidente Gustavo Petro que cumplieron y los que no
Y algunos de los ministros del actual gabinete del presidente Petro lo hicieron exactamente ese día, otros la publicaron algunos días antes y en otros casos tienen documentos que aún no alcanzaron el año de antigüedad. Sin embargo, como ya se dijo, ninguno de ellos hizo pública su declaración de impuesto de renta tal como se obliga explícitamente en la norma.
Es el caso de Luis Carlos Reyes, quien publicó su información ya como ministro de Comercio el 31 de mayo; Laura Sarabia, quien actualizó sus datos cuando regresó a la Casa de Nariño como directora del Dapre; Luz Cristina López, que a comienzo de año llegó al Ministerio del Deporte y Luis Gilberto Murillo, quien hace poco publicó su declaración como nuevo Ministro de Relaciones Exteriores.
Son ellos Ricardo Bonilla, de Hacienda, que publicó su información más reciente el 31 de octubre de 2023 y Jhénifer Mojica, de Agricultura, que lo hizo el 27 de ese mismo mes, al igual que Francia Márquez, vicepresidenta y ministra de la Igualdad, quien actualizó sus documentos el 19.
No ha habido cambos que justifiquen no publicar la declaración
Igualmente, señaló que “todo cambio que modifique o actualice la información contenida en la declaración de bienes y rentas y en el registro de conflictos de interés, deberá ser comunicado a la respectiva entidad y registrado dentro de los dos meses siguientes al cambio”.
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