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Prima de mitad de año: ¿cuándo la pagan y cuánto recibirán por ley los empleados?
El primer pago de esta prestación social debe hacerse en junio. Aquí lo que necesita saber.
La prima es una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores con contrato indefinido, fijo y, en general, aquellos que cumplen las condiciones de empleado dependiente. Entre los beneficiados se encuentran personas que se desempeñan en servicio doméstico, choferes de servicio familiar y trabajadores por días.
La Ley 1788 del 2016 establece la obligación del empleador de pagar a sus empleados la prima de servicios, que corresponde a 30 días de salario por año. El pago se divide en dos: uno a mitad de año, específicamente en el mes de junio, y otro a más tardar los primeros 20 días de diciembre.
¿Cuándo y cuánto le deben pagar la prima de mitad de año?
Los empleadores cuentan con plazo hasta el día 30 de junio para cancelar la prima de servicios a sus trabajadores, detalla la ley ordinaria mencionada anteriormente. Lo más probable es que el pago sea efectuado en alguna de las dos quincenas de este mes.
Teniendo en cuenta que la prima se divide en dos pagos, que en total suman 30 días de salario por año, cada uno de ellos es equivalente a 15 días de salario.
“Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”, explica el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Cómo se define el valor de la prima de mitad de año? Foto:iStock
Para calcular el monto, debe tomar el sueldo base que recibe mensualmente, multiplicarlo por los días que trabajó en los primeros seis meses del año (180, en caso de que esté vinculado laboralmente desde enero) y dividir el resultado por 360.
Por ejemplo, si su salario base es de $1.160.000, tendrá que multiplicarlo por 180 y el resultado, $208.800.000, dividirlo entre 360. Esta operación da un valor de $580.000, que sería su prima de servicios.
Los empleadores que no cumplan con esta prestación a sus empleados pueden enfrentarse a una multa por parte del Ministerio del Trabajo. De acuerdo con el Código Sustantivo de Trabajo, se le debe pagar al trabajador un salario diario por cada día de retraso hasta por 24 meses de demora.
El organismo público explica que quienes no cumplan con las prestaciones sociales a tiempo “deberán asumir una multa de entre 26,31 y 131.565 Unidades de Valor Unitarios (UVT), lo cual corresponde a una sanción de entre 1′000.000 a 5.000 millones de pesos colombianos”.
¿Para quiénes no aplica la prima de servicios?
No todos los trabajadores tienen derecho a recibir prima de mitad de año. Aquí algunas de las excepciones:
- Trabajadores independientes.
- Trabajadores bajo contrato de prestación de servicios.
- Trabajadores transitorios.
- Trabajadores que reciben un salario integral.
- Trabajadores ocasionales o temporales.
- Aprendices o personas con contrato de aprendizaje.
Si no he cumplido el año de trabajo en una empresa, ¿tengo derecho a prima?