En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Noticia
Exclusivo suscriptores
Los seis cambios que incluye la reforma Laboral para su discusión antes de convertirse en ley
La ponencia ya se radicó para su segundo debate en plenaria de Cámara. El segundo debate iniciará el 17 de septiembre.
Los ponentes firmantes de la segunda ponencia de la reforma laboral. Foto: @MafeCarrascal
La ponencia de la reforma laboral se radicó el pasado 14 de agosto y se espera que el 17 de septiembre comience el segundo debate en la planaria de la Cámara de Representantes.
El texto llegó a la secretaría de la Comisión Séptima de Cámara con la firma de siete de los 10 ponentes, tiene 6 cambios claves, ya que para lograr su primer debate exitoso se llegó al acuerdo de eliminar el capítulo de derechos colectivos.
Aunque respecto del texto que fue aprobado en el primer debate no hay mayores cambios en contenido, hay modificaciones en las relaciones laborales y otros que pueden impactar la estructura y organización de las empresas en Colombia.
Entre los artículos que fueron eliminados en el primer debate están los temas colectivos relacionados con el derecho de huelga en servicios públicos esenciales y su declaratoria de ilegalidad, unidad de negociación, entre otros.
También se eliminaron los límites al uso de contratos de prestación de servicios a las personas y se cayó la propuesta del aumento en la cuota para los aprendices.
En el nuevo texto hay seis cambios, uno sobre el contrato a término indefinido, otro sobre el incremento en la indemnización por despido sin justa causa, una nueva exigencia a los contratistas o subcontratistas, la contratación de aprendices mediante contrato laboral a término fijo, el cambio en el horario de trabajo diurno y nocturno y los procesos disciplinarios más rigurosos.
De acuerdo con la firma de consultoría y auditoría KPMG y su segmento de leyes, las empresas deben conocer estas modificaciones y prepararse pues las modificaciones impactan a las organizaciones.
Pymes colombianas Foto:MinCit
El contrato a término indefinido
El proyecto de reforma laboral establece que los trabajadores y trabajadoras serán vinculados mediante contrato de trabajo a término indefinido, sin perjuicio de que puedan celebrarse contratos de trabajo a término fijo o por la duración de la obra o labor determinar.
También el texto establece la posibilidad de vincular a trabajadores o trabajadores mediante contratos laborales distintos al de término indefinido; además el proyecto de reforma laboral prevé la posibilidad de que el contrato a término fijo o el contrato por o labor se conviertan en un contrato a término indefinido.
"Esa posibilidad que en la actualidad no existe, razón por la cual se puede entender que la contratación a término indefinido busca ser la regla general en la reforma laboral", detalla KPMG.
Incremento en la indemnización por despido sin justa causa y los recargos dominicales y de los festivos
El proyecto de la reforma laboral generaría un incremento de los costos laborales, ya que se incluye el aumento del valor de la indemnización por despido sin justa causa y además la remuneración en días de descanso obligatorio que pasaría a ser del 100 por ciento sobre el salario ordinario según las horas laboradas dicho día, sea domingo o festivo.
Contratistas con experiencia cualificada
El nuevo texto señala que los contratistas o subcontratistas, personas jurídicas o personas naturales, deben tener su propia organización empresarial especializada, o contar con la experiencia cualificada para el servicio o producto contratado, y este se deberá acreditar de manera suficiente en caso de que sea exigido por autoridades judiciales y istrativas.
De acuerdo con los expertos de KPMG, esto limitaría la contratación de terceros volviéndola más exigente para las empresas contratantes.
Aprendices con contrato a término fijo
Actualmente el contrato de aprendizaje no tiene una naturaleza laboral y, por tanto, no se puede hablar de una relación empleador – trabajador, excluyendo entonces todas las obligaciones y acreencias laborales que se desprenden de un contrato de trabajo.
La reforma laboral, busca que el contrato de aprendizaje sería un contrato de naturaleza laboral, a término fijo, teniendo entonces que los aprendices serían trabajadores y, por tanto, tendrían derecho a todas las acreencias laborales tales como las prestaciones sociales, beneficios extralegales y, asimismo, podrían también tener las prerrogativas colectivas en caso de que aplicara.
Los cambios de horario
De aprobarse la reforma, la jornada nocturna se empezaría a contabilizar desde las 7:00 p.m. y no desde las 9:00 p.m. como se hace en la actualidad. En caso de que el trabajador se extienda, las empresas deberán pagar un recargo a las personas que laboren después de esta hora.
El trabajo diurno pasaría a ser desde las 6:00 am hasta las 7:00 pm, y el trabajo nocturno que pasaría a ser desde las 7:00 pm hasta las 6:00 am.
En la actualidad el trabajo diurno es el que se realiza entre 6:00 am y 9:00 pm y el trabajo nocturno el realizado entre las 9:00 pm y las 6:00 am.
Los procesos disciplinarios
Actualmente, para la imposición de una sanción disciplinaria el empleador debe dar la oportunidad al trabajador de ser oído, sin embargo, la Ley laboral no establece un procedimiento con etapas específicas que deban seguir los empleadores.
Con la reforma laboral se busca establecer un proceso mucho más riguroso con mínimo siete etapas definidas dentro del texto para llegar a la imposición de una sanción.