En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información
aquí
Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión
¡Hola! Parece que has alcanzado tu límite diario de 3 búsquedas en nuestro chat bot como registrado.
¿Quieres seguir disfrutando de este y otros beneficios exclusivos?
Adquiere el plan de suscripción que se adapte a tus preferencias y accede a ¡contenido ilimitado! No te
pierdas la oportunidad de disfrutar todas las funcionalidades que ofrecemos. 🌟
¡Hola! Haz excedido el máximo de peticiones mensuales.
Para más información continua navegando en eltiempo.com
Error 505
Estamos resolviendo el problema, inténtalo nuevamente más tarde.
Procesando tu pregunta... ¡Un momento, por favor!
¿Sabías que registrándote en nuestro portal podrás acceder al chatbot de El Tiempo y obtener información
precisa en tus búsquedas?
Con el envío de tus consultas, aceptas los Términos y Condiciones del Chat disponibles en la parte superior. Recuerda que las respuestas generadas pueden presentar inexactitudes o bloqueos, de acuerdo con las políticas de filtros de contenido o el estado del modelo. Este Chat tiene finalidades únicamente informativas.
De acuerdo con las políticas de la IA que usa EL TIEMPO, no es posible responder a las preguntas relacionadas con los siguientes temas: odio, sexual, violencia y autolesiones
Entrevista
Exclusivo suscriptores
Reforma tributaria 2024: ¿subirán las tarifas de retención en la fuente para los trabajadores?
Experto tributarista explica a quién afectarán los cambios que se contemplan en la reforma.
La reforma tributaria que radicó el gobierno de Gustavo Petro ante el Congreso introduce una serie de cambios en la retención en la fuente que la Dian les aplica a algunos de los trabajadores para quitarles de manera anticipada un porcentaje de sus ingresos que se va sumando al pago anual del impuesto sobre la renta. En entrevista con EL TIEMPO, el experto tributarista Juan Guillermo Ruiz, socio de la firma Posse Herrera Ruiz, cuenta cuáles son estas modificaciones y cómo les afectarían a los contribuyentes.
¿Es cierto que con la nueva tributaria se elevaría la tarifa de las personas sujetas a retención por concepto de rentas laborales?
Sí, la gran mayoría de las personas vería un incremento en la tasa efectiva aplicada. La razón se deriva de la eliminación del procedimiento 2 de retención, que calcula el porcentaje fijo aplicable al semestre sobre el promedio de los ingresos de los últimos 12 meses previos al cálculo.
Al eliminar este procedimiento, la retención ya no se calcularía sobre el promedio de los ingresos anteriores, sino sobre el valor de los efectivamente recibidos en cada mes. Este cambio, sin duda, incrementará el porcentaje efectivo de la mayoría de las personas naturales sujetas a retención por concepto de ingresos laborales.
La retención en la fuente se empieza a cobrar a los salarios de 6,5 millones de pesos. Foto:iStock
¿Este cambio afectaría a los salarios más altos de la tabla o también a los medios?
Se incrementaría la retención tanto a los altos salarios de directivos como a los sueldos medios. En definitiva, se aumentaría la retención efectiva a todos los que hoy en día son objeto de retención con el procedimiento 2. Adicional a ello, las personas de altos ingresos podrían tener un incremento superior con la reforma puesto que esta agrega un nuevo rango de retención.
¿Entonces las tarifas de retención subirían solo en los salarios altos?
Sí, la tarifa de tributación de los ingresos anuales superiores a 31.000 UVT (hoy 1.459 millones de pesos) estaría sujeta a un nuevo rango de tributación del 41 por ciento. Este porcentaje afectaría tanto a asalariados como rentistas de capital.
¿Podría poner un ejemplo de cómo quedaría la retención con un salario real de una persona?
A título de ejemplo, si tenemos un salario mensual de 10 millones de pesos en el 2024, con un aumento del 10 por ciento para el 2025, al eliminar el procedimiento 2 para el 2025, se incrementaría la retención en la fuente en un orden del 40 por ciento.
Para este caso asumimos que el contribuye maximiza beneficios tributarios aplicables, incluyendo a título de ejemplo un dependiente. Los incrementos porcentuales de retención a otros niveles salariales no son tan altos, pero en todo caso aumentan.
La idea es que vayan desapareciendo los saldos a favor. Foto:iStock
¿Qué salarios pagan hoy en día retención en la fuente?
A la fecha, y en términos generales, los salarios sometidos a retención en la fuente son aquellos superiores a la cifra de 6,5 millones de pesos. La tabla de retención es progresiva y marginal de manera que a mayores ingresos aumenta el porcentaje de tributación efectiva.
¿Desaparecería la posibilidad de tener saldo a favor y obligarían a las personas a pagarle por adelantado a la Dian a través de la retención?
Efectivamente. El propósito de la reforma es recaudar en forma anticipada, a través de la retención en la fuente, el valor del impuesto de renta proyectado para quienes son declarantes del impuesto de renta.
Para quienes no son declarantes y su impuesto se recauda a través de la retención podría existir el efecto de un mayor impuesto a cargo al eliminar el procedimiento 2 de retención.
También hay cambios en materia de deducción por dependientes. Foto:iStock
¿Cuántos dependientes se podrá deducir una persona en la declaración de renta si se aprueba la reforma?
La reforma mantiene la posibilidad de solicitar una deducción hasta por cuatro dependientes. Esta posibilidad está actualmente vigente. El cambio propuesto es que la deducción por un dependiente específico solo la puede tomar un contribuyente. El valor de la deducción anual por cada dependiente es de hasta 72 UVT (hoy: 3’388.680).