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Corte absuelve a exgobernadora de Putumayo de acusación por la avalancha de Mocoa

Fiscalía no pudo acreditar que la exgobernadora “incidió en el deceso de 336 personas”.

Un año después de la tragedia, aún decenas de familias buscan a sus seres queridos.

Un año después de la tragedia, aún decenas de familias buscan a sus seres queridos. Foto: Santiago Saldarriaga / EL TIEMPO

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Suprema de Justicia tomó la decisión de absolver a la exgobernadora del departamento de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, quien fue acusada por la muerte de 336 personas tras la avalancha de Mocoa, que se registró en abril de 2017.
La Sala Especial de Primera Instancia, en decisión unánime, declaró a la exmandataria departamental inocente de la acusación que la Fiscalía General de la Nación hizo en su contra “como autora del delito de homicidio culposo en concurso homogéneo”.
La decisión que se tomó en primera instancia, señala que si bien la Fiscalía “demostró que la acusada ostentaba la posición de garantía” en materia de Gestión del Riesgo de Desastre respecto de la población del Departamento, “las actividades cuya omisión fueron reprochadas en la acusación escaparon del marco funcional de competencia de Sorrel Aroca”.
La Corte también indicó que se “extralimitaron las posibilidades de actividad que aquella hubiere podido ejecutar”.
La gobernadora de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, en audiencia.

La gobernadora de Putumayo, Sorrel Parisa Aroca Rodríguez, en audiencia. Foto:César Melgarejo/ EL TIEMPO

“Para la Corte, no se logró acreditar que la acusada hubiere conocido el resultado del contrato de interventoría en el que, según la acusación, se vaticinaba la ocurrencia del fenómeno natural destructivo que acabó con múltiples vidas humanas y tampoco ofrecía la fiabilidad para adelantar acciones de salvamento como aquellas reprochadas como génesis de los fallecimientos”, se lee en la decisión de la Corte.
Resaltó el alto tribunal, que debido a las dimensiones del flujo de sedimentos que se precipitó sobre el casco urbano de Mocoa, y el margen de conocimiento que se erigía en la acusada para la fecha de este desastre, “la Sala Especial de Primera Instancia encontró que no le era exigible actuar en una forma diversa a la que adelantó”.
Corte Suprema de Justicia

Corte Suprema de Justicia Foto:

Dentro del proceso, consideró la Sala, que la Fiscalía no pudo acreditar que la exgobernadora “incidió en el deceso de las 336 personas”.
En tal medida, al no haber podido demostrar la existencia de la conducta delictiva, ni la responsabilidad en cabeza de la acusada, “le declaró inocente”.
En su decisión, la Corte Suprema hizo un llamado a las autoridades políticas y istrativas de los órdenes nacional y territorial, ambiental y de gestión del riesgo, “para que adopten medidas que minimicen la vulnerabilidad de las comunidades e infraestructura ubicadas en las zonas de riesgo del municipio de Mocoa”.

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