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Corte Constitucional ordena al Ministerio de Salud girar a las EPS recursos adeudados

La decisión tiene que ver con lo que falte por desembolsar respecto al Acuerdo de Punto Final.

En el país solo se cuenta con una disponibilidad de 143 camas para pacientes quemados, distribuidas en 8 departamentos.

En el país solo se cuenta con una disponibilidad de 143 camas para pacientes quemados, distribuidas en 8 departamentos. Foto: Fabio Arenas

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PERIODISTA JUDICIALActualizado:

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La Corte Constitucional le ordenó este lunes al Ministerio de Salud desembolsarles a las EPS todos los recursos que se aprobaron con el Acuerdo de Punto Final que no hayan sido cancelados a la fecha.
La decisión se tomó en medio del seguimiento a la sentencia que declaró en 2008 la salud como un derecho fundamental. En esta ocasión, el alto tribunal empezó por recordar que el Gobierno debe enviarle dinero al sistema para costear servicios y
tecnologías necesarias para prestar la atención médica a los colombianos, los cuales no se financian con los llamados Presupuestos Máximos ni con la plata que reciben las EPS bajo el concepto de Unidad de Pago por Capitación (UPC), es decir, el monto que anualmente envía la Adres a las entidades promotoras de salud por atender a los pacientes.
La Corte determinó que en ese factor había un bajo nivel de cumplimiento, y por ende el Gobierno se comprometió a cancelar de forma definitiva esa deuda. Para ello se llegó al Acuerdo de Punto Final, una norma firmada en el gobierno del expresidente Iván Duque en la que se estableció que se pagarían a las EPS todos los montos adeudados bajo el concepto de servicios y tecnologías en salud que se entregaron a la gente hasta diciembre de 2019.
Corte Constitucional 2023

Corte Constitucional 2023 Foto:Corte Constitucional

El Acuerdo se dio con la idea de evitar la acumulación de una nueva deuda a favor de las EPS y de las IPS. Pero la Sala de Seguimiento a la sentencia de 2008 encontró cuatro factores como que para el año 2023, esos pagos no se habían dado.
De acuerdo a un comunicado de la Corte, el Ejecutivo dijo que esa deuda se iba a completar en agosto de 2022, y además "evidenció montos sin cancelar que fueron aprobados dentro del acuerdo; sumas de dinero que no se negociaron en el acuerdo porque se discuten en procesos judiciales; y que a partir del año 2020, surgió una nueva deuda en favor de las EPS y las IPS por la prestación de estos servicios".
Las denuncias de maltrato y acoso laboral afectan al Secretario General del Ministerio de Salud.

Las denuncias de maltrato y acoso laboral afectan al Secretario General del Ministerio de Salud. Foto:Ministerio de Salud

A la par de ello, los magistrados detallaron que los actores que hacen parte del gremio de la salud informaron que "en relación con la nueva deuda que estaba surgiendo en materia de recobros -a partir de 2020-, se les adeudaba más de un billón de pesos por este motivo, y que el origen de esas obligaciones se relacionaba, en gran medida, con servicios prestados durante la emergencia por covid-19".
En ese orden de ideas, se le ordenó al Ministerio de Salud, en cabeza de Guillermo Alfonso Jaramillo, desembolsar la plata aprobada con el Acuerdo de Punto Final que no haya sido girada, a más tardar en los próximos dos meses una vez se les dé a conocer la decisión adoptada.

Otras decisiones de la Corte

A comienzos de mes la Corte Constitucional ya había tomado una decisión previa sobre el tema de la salud y ordenó en un fallo que el Ministerio de Salud pague en un plazo de 45 días, que no se ha cumplido, “los valores pendientes por concepto de reajustes a los presupuestos máximos reconocidos para la vigencia del año 2021”.
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, la misma que tomó la decisión de ayer sobre el pago de los recursos aprobados con el Acuerdo de Punto Final, advirtió el primero de febrero sobre “problemas en la fijación de los presupuestos, sus reajustes y, en los retrasos en los pagos” y determinó que se avance en el pago de recursos pendientes correspondientes a los servicios y tecnologías en salud del Plan de Beneficio en Salud (PBS) que no se sufragan con la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
Petro firmó decretó para emergencia económica y social en La Guajira.

Petro firmó decretó para emergencia económica y social en La Guajira. Foto:Presidencia - Eliana Mejía

En otra decisión del 26 de octubre la Sala Plena de la Corte declaró la inexequibilidad, con efectos retroactivos del Decreto 1270 de 2023, mediante el cual se adoptaron “medidas en materia de salud en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica declarado en el departamento de La Guajira”.
Esa reforma a la salud en esa zona del país era parte de los 10 decretos expedidos por el Gobierno a mediados del año pasado para hacerle frente a la emergencia en ese departamento.
El ejecutivo pretendía con el decreto, entre otras, viabilizar giros directos para la atención primaria en salud que prestarán Centros de Atención Primaria en Salud (Caps) provenientes de la a de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) y crear “un modelo de salud propio e intercultural” en el departamento, el cual debía contar con la participación del ministerio, la Secretaría de Salud y “las Autoridades Tradicionales de los pueblos indígenas, incluyendo al pueblo wayú; afrodescendientes y rom, que habitan en el departamento”.
El alto tribunal señaló que la adopción de medidas legislativas estructurales respecto de un determinado sector y territorio "no es un asunto que pueda ser atendido por
medio de una legislación de emergencia" y que las propuestas del ejecutivo corresponden a una política "permanente que, por tanto, excede la necesidad de dar una respuesta a la emergencia, ya que pretende resolver una problemática estructural, para la cual las medidas de los estados de emergencia no están diseñadas".
Carlos López
Redacción Justicia
En X: @CarlosL49

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