El Tribunal istrativo de Cundinamarca ordenó a la Registraduría a expedir tarjetones y material electoral en San Andrés en la lengua nativa de los raizales, el creole, para las elecciones de 2022 en adelante.
La decisión se tomó al estudiar una tutela presentada por Jennifer Federica Archbold Ramírez, en representación de la Veeduría Cívica Old Providence, con apoyo del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, que alegaba que se vulneraba el derecho a la participación política y la integridad cultural de la comunidad raizal al no existir material electoral en creole sino solo en español.
Una tutela simular fue presentada en 2019 y fue negada en todas las instancias e incluso en la Corte Constitucional que en junio pasado la rechazó bajo el argumento de que no se aproximaban comicios electorales.
No obstante, ante la inminencia de los comicios de 2022 y con el ánimo de no seguir repitiendo la histórica situación, se elaboró una nueva acción de tutela que fue la que estudió el Tribunal istrativo de Cundinamarca.
En fallo de 23 páginas, el Tribunal dijo que el Estado, en cabeza de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Ministerio del Interior, "no ha adoptado medidas afirmativas en cuanto a elaborar y difundir material electoral en creole para las elecciones populares regionales y nacionales, así como tampoco se ha conformado una comisión técnica dirigida a desarrollar el derecho a la participación política de la comunidad raizal y a presentar informes trimestrales sobre la ejecución de estos deberes".
"Resulta claro e incontrovertible que para el cumplimiento de los principios fundantes de la Constitución, es indispensable dotar a la demandante y demás personas raizales, de las herramientas mínimas para que pueda (n) acceder al verdadero ejercicio de los derechos que reclaman en condiciones de igualdad con los otros ciudadanos diversos a los raizales residentes en el archipiélago de San Andrés y Providencia", dice el fallo proyectado por el magistrado José Armenta.
La decisión asegura que se vulneraron los derechos fundamentales a la igualdad, la participación política, la identidad cultural, el derecho a la oficialidad de las lenguas y dialectos de las comunidades nativas.
El Tribunal ordenó que se expidan tarjetones y material electoral bilingüe (lenguaje en
castellano y en creole) durante los comicios electorales que de ahora en adelante se realicen en todo el país y que se reglamente "un procedimiento para que los electores que necesiten utilizarlas, lo manifiesten en el momento de hacer la inscripción de sus cédulas, para que la Registraduría pueda tenerlas disponibles en las mesas de votación en las que sean requerida".
Igualmente, ordenó al Ministerio del Interior conformar una comisión técnica dirigida a desarrollar programas pedagógicos sobre el derecho a la participación política de la comunidad raizal.
María Lucía Torres, directora del Grupo de Acciones Públicas (GAP) de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, dijo que la decisión no solo fue acertada a la luz del derecho sino también a la luz de la justicia y la igualdad.
"Aunque la lucha persiste para proteger los derechos de la comunidad raizal, la elaboración de material electoral en creole y la oportunidad de realizar pedagogía en torno a la participación política al interior de la comunidad, es un paso más para reivindicar los derechos de un pueblo que históricamente se ha sentido aislado", dijo.
"Esta decisión es pertinente en este momento, en medio de la lucha del pueblo raizal por salir adelante luego del paso de Iota y de todo lo que ello ha generado en términos de protección de la etnia. Por lo tanto, el fallo proferido disminuye las brechas sociales, políticas y económicas que se han construido a lo largo de los años y que han impedido un verdadero goce de los derechos del pueblo raizal", agregó.
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