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Sentencia que protege a niños venezolanos abandonados ganó premio internacional
La decisión fue tomada por la Corte Constitucional. Otros dos fallos también fueron galardonados.
Se puede obtener la nacionalidad si siendo hijo de extranjeros, alguno de sus papás prueba que está domiciliado en Colombia en el momento del nacimiento del menor. Foto: Cristian Hernández / EFE
Una sentencia de la Corte Constitucional que dictó una serie de lineamientos para otorgar la nacionalidad colombiana a niños, niñas y adolescentes venezolanos que estén en Colombia en condición de abandono recibió este lunes el primer lugar en un destacado premio internacional.
Se trata del 'Premio Sentencias 2022: a la Justicia de Personas Migrantes o Sujetas de Protección Internacional' que entregan 14 entidades internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Organización Internacional para las Migraciones, la Relatoría Especial sobre Derechos Humanos de los Migrantes de Naciones Unidas y el Comité Internacional de la Cruz Roja, entre otras.
La decisión es la SU-180 de 2022 que dictó en mayo pasado la Sala Plena con la Corte Constitucional y tuvo como ponente al magistrado Jorge Enrique Ibáñez.
El alto tribunal estudió el caso de un niño venezolano en situación irregular que llegó al país en 2019 con tres años, junto con su madre. Durante un tiempo, el niño quedó bajo el cuidado del padre y luego la madre lo dejó en manos de una conocida y lo abandonó.
Por ello, fue puesto bajo el cuidado del Icbf y trasladado entre fundaciones y hogares sustitutos sin que fuera posible ubicar a su familia en el país ni en Venezuela ni declararlo en adopción ni repatriarlo. La Corte Constitucional optó por reconocerle la nacionalidad colombiana por adopción al niño, en su calidad de latinoamericano por nacimiento e instar al ICBF a hacer todo lo posible para promover la búsqueda de la familia y definir su situación jurídica.
Además, dijo que su decisión se extiende a todos los "menores de edad de origen venezolano, migrantes irregulares, y en situación de abandono probado, que acrediten como mínimo un año de domicilio permanente y continuo en Colombia, para efectos de que se les tramite la nacionalidad colombiana por adopción, cuando sea solicitada por los Defensores de Familia".
Es decir, que esto no aplica para todos los niños migrantes venezolanos, sino solo los que están en abandono y esa declaración se da cuando se agota la búsqueda de familia extensa.
Jorge Enrique Ibáñez Najar, magistrado de la Corte Constitucional. Foto:Corte Constitucional
La Corte dijo que la fórmula jurídica adoptada en esta providencia regirá “durante el tiempo en el que no exista una ley o una regulación definitiva en la materia o se mantenga el bloqueo institucional (por la falta de relaciones con Venezuela) para que se beneficie a toda la población de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en la misma situación fáctica”.
El magistrado Jorge Ibáñez Najar, ponente de la decisión, recibió el reconocimiento en ceremonia virtual a nombre de toda la Sala Plena.
"Es una sentencia que, como muchas otras, la Corte ha proferido para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes e impedir su vulneración con independencia del tipo de barrera, nacional o internacional", explicó al señalar que se optó por un camino que más privilegiaba los derechos del menor, superando barreras istrativas y legales.
"La Corte ha recordado que conforme a lo dispuesto tanto en el ordenamiento nacional como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, el Estado de Colombia está obligado a dar protección especial a todos los niños que se encuentren bajo su protección", agregó al señalar que al tratarse de menores indefensos, sin familia y en medio de una crisis migratoria, era necesario proteger sus derechos.
Igualmente, fueron reconocido por este premio internacional el equipo litigante que llevó el caso que falló la Corte que en este caso es la defensora de Familia Marisol Niño de Icbf.
Mención especial a tres fallos más sobre migrantes
Bogota junio 16 de 2022. sala plena de la corte constitucional con la nueva magistrada..foto: Milton Diaz / EL Tiempo Foto:Milton Diaz / El Tiempo
El reconocimiento también hizo menciones especiales a tres sentencias de la Corte Constitucional que también están relacionadas con los derechos de las personas migrantes.
Por un lado, se destacó la sentencia T-006 de 2020 elaborada con ponencia de la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, sobre el derecho a la nacionalidad de los niños
y niñas hijos de extranjeros que se encuentran en riesgo de apatridia en Colombia.
En este expediente se estudiaron dos casos. El de una niña que nació en un hospital de Bogotá y cuyo padre tenía el permiso especial de permanencia de las autoridades. La Registraduría dijo que ese documento no era válido para demostrar la nacionalidad y negó la petición varias veces.
Y el de Pedro* un señor que entró a Colombia con permiso de permanencia, luego lo hizo su esposa y tuvieron una bebé en el país. No se les permitió la acreditación de nacionalidad. La Corte dijo que la ley contempla mecanismos para que los hijos de extranjeros pudieran adquirir la nacionalidad tanto por nacimiento como por adopción y señaló que esto fue desatendido por la Registraduría que hizo una aplicación restrictiva de la misma y no tuvo en cuenta el riesgo de apatridia en el que se encontraban los niños.
De otro lado, fue reconocida la sentencia SU-397 de 2021 elaborada con ponencia del magistrado Alejandro Linares Cantillo, en la que se protegieron los derechos de personas que fueron detenidas arbitrariamente en el marco del Paro Nacional de 2019 y expulsados del país por Migración Colombia.
El alto tribunal falló a favor de siete personas diciendo que se les vulneró el derechos la debido proceso y a la dignidad humana, al ser detenidos de manera arbitraria y ser expulsados sin motivación alguna, por los que revocó las decisiones y ordenó a Migración a actualizar, publicar y divulgar un manual o instructivo que contenga los derechos y deberes de las personas migrantes, incluyendo el debido proceso istrativo.
Y, finalmente, fue destacada la sentencia T-155 de 2021, con ponencia de la magistrada Paola Meneses Mosquera, que otorgó la nacionalidad y personalidad jurídica a una niña que nació en Venezuela, llegó a Colombia en 2018 y fue encontrada abandonada y en condiciones deplorables por la Policía Nacional en Barranquilla.