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Noticia
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¿Qué tan viable es que el ministro de Salud tenga que cumplir con 3 días de arresto por incumplir una tutela?
El Ministro desacató una tutela frente a la prohibición de un plaguicida.
Bogotá 14 de diciembre 2024.
El ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo en entrevista con El Tiempo.
Foto: César Melgarejo/ El Tiempo @cesarmelgarejoa
Crédito: CEET Fotógrafo: CESAR MELGAREJO Foto: CEET
De acuerdo con el alto tribunal, la tutela en mención se sustenta en la sentencia T-343 de 2022, que emitió la Corte Constitucional, que refiere los riesgos que presenta para la salud el plaguicida clorpirifós.
En esa línea, EL TIEMPO consultó con el penalista Francisco Bernate sobre la viabilidad de que se cumpla con la orden de arresto por tres días por parte del jefe de la cartera de Salud.
"Es totalmente viable. Cuando se incumple una tutela -te dan la orden y no la cumples- entra en escena la figura del desacato en la que se le pregunta a la persona por qué no ha cumplido con los términos de ley", señaló Bernate.
El jurista indicó que cuando la persona no da una "respuesta razonable o definitivamente no cumple con la tutela se le puede imponer una orden de arresto que va hasta los 30 días".
El ministro de Salud en el debate de la reforma de la salud. Foto:Mauricio Moreno. EL TIEMPO
"Cumplir la tutela y así se desactiva el desacato"
En esa línea, Bernate explicó que en caso de que se de el panorama de cumplir con la orden de arresto "lo enviarían a la estación de Policía, a una cárcel o bajo la figura de casa por cárcel. Es un tema muy delicado", puntualizó.
De acuerdo con Bernate, el camino que le queda al ministro Jaramillo para evitar la orden de arresto es "cumplir la tutela y así se desactiva el desacato".
De hecho, la sanción incluye que el funcionario pague una multa de tres salarios mínimos mensuales vigentes.
Otra visión del caso
Otra es la interpretación del penalista Óscar Iván Hernández, quien señaló que se debe referir a un juez de tutela y no de conocimiento, "porque los jueces de conocimiento son los que conocen causas".
En esa línea, Hernández, destacó que "a la cárcel no envían a nadie por desacato a una tutela".
De igual forma, el penalista planteó que es "posible que haya alguna restricción en la libertad de locomoción, una detención domiciliaria, pero enviarlo a la cárcel como tal no", reiteró.
Para Hernández, mencionar la cárcel es una expresión mal empleada en ese tipo de tramites.
El abogado señaló que generalmente cuando ordenan un arresto, como en este caso por incumplir una tutela, "es más una conminación a que cumpla la tutela y no a llevarlo a cumplir con el arresto".
Lo que se incumplió
Para el tribunal, desde el Ministerio de Salud se tenía que velar por la suspensión de la venta de productos químicos agropecuarios que tuvieron clorpirifós.
Paralelo a ello, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) tenía que diseñar una transición para disminuir el impacto negativo en la salud que esa sustancia pudiera manejar.