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Niegan tutela de la UNP sobre competencia de la fiscal Monsalve en el caso Devia

Se confirmó que la fiscal sí tiene asignado el proceso contra Wilson Devia, imputado por 3 delitos.

Wilson Devia, miembro del sindicato mayoritario de la UNP, la fiscal Angélica Monsalve, y Manuel Castañeda.

Wilson Devia, miembro del sindicato mayoritario de la UNP, la fiscal Angélica Monsalve, y Manuel Castañeda. Foto: Archivo EL TIEMPO

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La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá zanjó una discusión que se había suscitado dentro del sonado caso contra Wilson Devia, sindicalista de la Unidad Nacional de Protección (UNP) procesado por abuso de función pública, concusión y peculado por uso.
El recurso que estudió el Tribunal era una tutela presentada por la UNP en la que pedía que se le diera trámite a una queja que, en el marco del proceso, había interpuesto la fiscal Angélica Monsalve contra la Juez 6 Penal Municipal de Control de Garantías de Bogotá.
Todo tiene origen en la audiencia de imputación de cargos contra Devia que en abril de este año adelantó Monsalve ante esa juez. Luego de la imputación, el 3, 4 y 5 de mayo se hizo la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento pero antes de tomar una decisión, ese 5 de mayo la juez le pidió a la Fiscalía informar si la fiscal Angélica Monsalve era la competente en el proceso, puesto que tanto la defensa como la Procuraduría lo cuestionaron.
Ante esa orden de la juez de verificar quién era la fiscal competente Monsalve intentó interponer una apelación, pero la juez le dijo que la misma no procedía; ante ello, la fiscal interpuso recurso de queja, que también negó la juez.
Por la negativa a tramitar su queja Monsalve interpuso una tutela, considerando que la decisión de la Juez 6 Penal Municipal de Control de Garantías de Bogotá vulneró su derecho al debido proceso.
Wilson Devia, miembro del sindicato mayoritario de la UNP y Uniones Temporales.

Wilson Devia, miembro del sindicato mayoritario de la UNP y Uniones Temporales. Foto:Archivo Particular

Esa tutela la conoció el juzgado 12 Penal del Circuito de Bogotá, que la acumuló con otra tutela que promovió la UNP sobre el mismo tema. En el trámite de la tutela, la juez 6 pidió negarla por ausencia de vulneración a derechos, lo mismo que el abogado de Devia, quien dijo que no hubo vulneración de derechos.
Además, en medio de todo esto, el 9 de mayo la Fiscalía General le respondió a la Juez 6 que Angélica Monsalve sí continuaba a cargo del proceso en mención.
Con todo esto, el 25 de mayo el Juzgado 12 del Circuito declaró improcedente la tutela de Monsalve. Pero el representante de la UNP impugnó esto y dijo que el recurso de queja de la fiscal fue desconocido arbitrariamente, por lo cual pedía que se diera trámite a esa queja.
La impugnación de la decisión de declarar improcedente la tutela de Monsalve fue la que resolvió el Tribunal Superior de Bogotá, que recordó que la jurisprudencia y las leyes prevén el recurso de queja para cuando se niega un recurso de apelación, en esos casos el trámite ante la imposición de una queja es remitirla al superior jerárquico.
Resulta palmario que la juez 6 penal municipal de control de garantías desconoció el procedimiento aplicable al recurso de queja, lo cual se considera como un defecto procedimental: Tribunal de Bogotá
“En ese orden, resulta palmario que la juez 6 penal municipal de control de garantías de Bogotá desconoció el procedimiento aplicable al recurso de queja, lo cual se considera como un defecto procedimental”, se lee en la decisión del Tribunal de Bogotá.
Pese a que el Tribunal consideró que la juez 6 sí falló al no tramitar la queja de Monsalve, puso de presente que el asunto por el cual se puso la misma -la orden a la Fiscalía de decir si Monsalve seguía en el caso- se subsanó por cuanto la misma Fiscalía informó que en efecto Angélica Monsalve, como fiscal 414 de la Seccional Bogotá, sí es la delegada asignada al caso.
Como se aclaró la competencia de la fiscal, el Tribunal consideró que el recurso de queja al respecto ya no tenía objeto, por lo cual confirmó la decisión de declarar improcedente la tutela.
En Twitter: @JusticiaET

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