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El debate que se reabrió por cuenta de la Procuraduría sobre condenas a exFarc

La entidad hizo observaciones a proyectos de reparación planteados por el antiguo secretariado.

En total, son siete los exjefes de la desaparecida guerrilla imputados por secuestro.

En total, son siete los exjefes de la desaparecida guerrilla imputados por secuestro. Foto: César Melgarejo. EL TIEMPO

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En momentos en los que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) se apresta a proferir sus primeras sanciones, un documento de la Procuraduría frente a las actividades de reparación que harán los exintegrantes del antiguo secretariado de las Farc movió el debate sobre las condenas que se impondrán a los exguerrilleros.
En un documento de 42 páginas, el Ministerio Público cuestionó algunos apartados de la propuesta de trabajos, obras y actividades con contenido reparador-restaurador (Toar) presentada a la JEP por los exguerrilleros. 
Los Toar hacen parte de las sanciones propias que impone la JEP a quienes reconocen verdad, esas sanciones incluyen la restricción de libertades y derechos, en lugares distintos a la cárcel, por un periodo de cinco a ocho años.
En primer lugar, el órgano de control le pidió a la JEP establecer criterios claros para que los proyectos de sanción propia cumplan con los mínimos previstos en el Acuerdo de Paz, y sostuvo que es necesario un protocolo sobre la relación que debe existir entre el Toar y el daño que se pretende reparar; el alcance entre la reincorporación, reparación y reconciliación; el papel de la sociedad civil, las víctimas y el Ministerio Público; y las características mínimas para la restricción de derechos y libertades.
También dijo que la consulta y participación de las víctimas debe ser central para no generar falsas expectativas. En ese sentido, los comentarios estuvieron dirigidos en general a "vacíos" que dificultan la formulación de los Toar. Además, se lee que "aunque se proponen proyectos novedosos, de impacto y con contenido restaurador, todavía permanece un alto grado de incertidumbre respecto de la ejecución material de los mismos".
Otra crítica estuvo dirigida a la propuesta de ex-Farc de contribuir en la búsqueda de los desaparecidos como parte de su sanción. En este punto, la Procuraduría aclaró que no es que esto no sea vital, sino que hace parte de los compromisos del Acuerdo de Paz, por lo que por sí mismo "no puede entenderse como parte de una sanción propia producto del reconocimiento de responsabilidad".
No puede entenderse como parte de una sanción propia producto del reconocimiento de responsabilidad.
Sin embargo, la entidad sí resaltó otras propuestas hechas por los exguerrilleros que van más allá de sus obligaciones, como la redacción de cartas personales de reconocimiento de responsabilidad a las víctimas, la elaboración de un libro “in memoriam” y el renombramiento de calles.
En otro apartado, el Ministerio Público cuestionó el proyecto Suma-PAZ, con el cual los ex-Farc planean resarcir delitos contra el medioambiente en el Sumapaz. Para el órgano de control, aunque se está planteando el restablecimiento del equilibrio en el ecosistema mediante una intervención interinstitucional, es necesario desarrollar más la propuesta de agricultura sostenible y, además, cuestionó la eventual asignación de utilidades a los comparecientes por el ecoturismo, ya que se debe privilegiar a las víctimas y su reparación y percepción.
“En el proyecto SumaPAZ no es claro quién será el titular o el que dirigirá la empresa de ecoturismo. Por eso, parece importante aclarar que no puede ser el compareciente, pues el marco de cumplimiento de la sanción propia le impide tener beneficios económicos por la labor que desarrolle”, dice el documento de observaciones.
En cuanto a los lugares de detención de los exjefes de Farc, la Procuraduría dijo que se deben delimitar los lugares de ejecución de la sanción propia, las condiciones de seguridad, los tiempos de dedicación y actividades de verificación de la Misión de Naciones Unidas. Si no se aclara esto, consideró la entidad, la restricción quedaría reducida a la realización esporádica de actividades, “lo que dista de ser una sanción por la comisión de crímenes internacionales”.
No solo la Procuraduría ha hecho críticas a las propuestas de los exjefes guerrilleros. Hace unas semanas, exmilitares que sobrevivieron al secuestro representados por la corporación Milvíctimas señalaron que hay una ausencia de responsabilidad por su parte y un precario sentido restaurador en sus iniciativas de reparación. Por ejemplo, cuestionaron la propuesta de búsqueda de desaparecidos por ser esa una obligación de los exguerrilleros, y también criticaron una propuesta de desminado porque no tiene, a su modo de ver, una correlación directa con las víctimas de secuestro.

Un debate profundo

Tras cinco años de su entrada en funcionamiento, la JEP está llegando a un punto en el que debe producir decisiones de fondo en sus 10 casos –un undécimo está en camino–. Precisamente, en dos de los primeros macrocasos que se abrieron, el 01 de secuestros de las Farc y el 03, por 'falsos positivos', están los mayores avances que han llevado a que en el segundo ya haya una resolución de conclusiones con propuestas de sanción y en el primero, la misma esté en discusión ahora mismo.
Según informó este martes el magistrado Roberto Vidal, presidente de la JEP, en la Sala de Reconocimiento ya se radicó el proyecto de resolución en el caso 01, ahora "comienza el examen por parte de la sala y es previsible que tengamos muy pronto la resolución de conclusiones aprobada por la sala".
Sin embargo, el debate tiene un componente especial y es si los exguerrilleros podrán conservar sus curules en el Congreso. La Ley Estatutaria de la JEP, en su artículo 31, es clara en decir que las sanciones alternativas y ordinarias, que se imponen a quienes reconocen tardíamente su responsabilidad o de plano la niegan y son vencidos en juicio, son incompatibles con el ejercicio de la política pues implican cárcel. Pero esto no está definido aún para las sanciones propias, que son las que se impondrían a los exjefes de las Farc.
En una decisión de 2021 en la que negó una medida cautelar que pedía quitarles las curules a los ex-Farc imputados por secuestro, la Sala de Reconocimiento de la JEP sostuvo que resolver la restricción de la libertad o la participación política de los comparecientes es una decisión de la Sección de Primera Instancia del Tribunal para la Paz cuando emita sentencia, en la que deberá determinar la compatibilidad de la sanción propia con el ejercicio de la política.
En todo caso, debe tenerse en cuenta que las propuestas de las Farc son solo eso y que las sanciones finales las expide la JEP. “Los Toar surgen a través de un proceso dialógico con los comparecientes y deben ser aceptados por parte de las víctimas para que posteriormente la JEP decida sobre las condiciones de implementación de estas medidas de reparación”, recordó Kenneth Burbano, director del Observatorio Constitucional de la Universidad Libre.
Frente a la participación política, Burbano, exmagistrado auxiliar de la JEP, indicó que el Acuerdo de Paz estableció unos criterios al respecto, por ejemplo, darles 10 curules a las ex-Farc por dos periodos en el Congreso, que se cumplen en 2026, "en las próximas elecciones deben cumplir con el umbral electoral o su partido perdería la personería jurídica y, consecuentemente, perderían los escaños que les fueron asignados durante la negociación", concluyó.
En Twitter: @JusticiaET

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