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Noticia

Expulsan de la JEP a coronel (r) condenado por ‘falsos positivos’ que se alió con alias Matamba

La justicia transicional determinó que Robinson Javier González del Río incumplió de manera grave sus compromisos con la paz.

Robinson González del Río, procesado por la alianza criminal entre la organización del poderoso narcotraficante Juan Larrison Castro, alias 'Matamba'.

Robinson González del Río (centro) procesado por la alianza criminal entre la organización del poderoso narcotraficante Juan Larrison Castro, alias Matamba. Foto: EL TIEMPO. Archivo

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La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) expulsó de manera definitiva al teniente coronel retirado Robinson Javier González del Río, quien en 2022 fue capturado por aliarse con el narco ‘Matamba’, jefe de la estructura ‘la Cordillera’, vinculada al ‘clan del Golfo’.

González del Río, quien tiene varias condenas por ejecuciones extrajudiciales, había quedado el libertad condicionada en 2018, beneficio que recibió tras someterse a la JEP, pero su libertad fue revocada luego de que la justicia ordinaria lo señaló de reincidir en delitos de concierto para delinquir agravado, entrenamiento para actividades ilícitas agravado y utilización ilegal de uniformes e insignias.

Alias Matamba murió en un operativo policial este jueves 26 de marzo.

Alias Matamba se fugó de la cárcel La Picota en  marzo de 2022 y murió en medio de un operativo para su recaptura en mayo de ese mismo año. Foto:Policía Nacional

Inicialmente, por su captura reincidiendo en delitos, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP solo le revocó el beneficio de libertad condicionada, pero las víctimas y la Procuraduría apelaron la decisión por considerar que González del Río debió ser expulsado de la JEP, decisión que finalmente adoptó, en segunda instancia, la Sección de Apelación.
Para esta Sección, González del Río "incumplió de manera grave e injustificada" sus compromisos ante la Jurisdicción y el Sistema Integral para la Paz (SIP).

Tras su expulsión, el exmilitar pierde la posibilidad de beneficios como la libertad transitoria, condicionada y anticipada, y de plano la posibilidad de condenas más bajas por sus crímenes, pues la JEP devuelve todos sus procesos a la justicia ordinaria, que ya lo ha condenado antes.
En la JEP, familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales han protestado pidiendo verdad y justicia.

En la JEP, familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales han protestado pidiendo verdad y justicia. Foto:César Melgarejo. Archivo EL TIEMPO

De hecho, como publicó este medio en su momento, en su contra pesa una condena de 37 años y 5 meses de cárcel por el delito de homicidio en persona protegida de dos personas dedicadas a la compraventa de vehículos en una vereda de Neira, Caldas.

También tiene una condena por tráfico de armas y munición a bandas criminales, y en su momento la Fiscalía señaló a González del Río de expedir órdenes de operaciones falsas que fueron usadas para legalizar 14 hechos de ‘falsos positivos’ que dejaron 32 víctimas.  

Los argumentos de la decisión

Instalaciones de la JEP en Bogotá.

Instalaciones de la JEP en Bogotá. Foto:JEP

El auto de 21 páginas que contiene la decisión de la Sección de Apelación expone por qué la expulsión debió ser la consecuencia de la recaptura de González del Río por delinquir con el narco Juan Larinson Castro, alias Matamba, quien se fugó de la cárcel La Picota en marzo de 2022 y luego murió en mayo de ese año, durante un operativo para su recaptura.

De acuerdo con la Sección, en el marco de la alianza con ‘Matamba’ el coronel retirado fue acusado formalmente por la comisión de tres delitos: concierto para delinquir agravado, entrenamiento para actividades ilícitas agravado y utilización ilegal de uniformes e insignias.
“Él cometió estos delitos, presuntamente, para contribuir a la consolidación del monopolio criminal para la producción, comercialización y tráfico de drogas ilícitas del GAO ‘Cordillera Sur del Clan del Golfo’ en varios municipios del departamento de Nariño entre finales del 2019 e inicios del 2020”, se lee en la decisión.

El auto continúa diciendo que “la colaboración de González del Río con el grupo armado estaba mejor probada que la hipótesis contraria, presentada por el compareciente, según la cual su o con Matamba y el grupo armado tuvo razón de ser en su interés personal de promover la desmovilización del grupo”.

Entre varias pruebas para afirmar esto se citó que la Fiscalía estableció la colaboración del coronel (r) con ‘Matamba’ por chats en los que se lee que González del Río le pidió al narcotraficante la consignación de dinero a su cuenta bancaria y el monto solicitado y la fecha de la consignación de las sumas solicitadas coinciden con los extractos bancarios de la cuenta del compareciente.
“La hipótesis contraria, según la cual el compareciente estableció o con Matamba con el fin de promover la desmovilización del GAO, presentada por el compareciente, no tiene sustento probatorio. Se basa únicamente en su propio dicho. Ni siquiera se trata de una hipótesis plausible”, dijo la Sección de Apelación.

Por todo esto, para la JEP se configuró “un incumplimiento de extrema gravedad que va más allá de cometer nuevos delitos. Se trata de una ofensa a la condición esencial de y mantenimiento en el SIP y del compromiso más básico de la transición: la finalización del conflicto armado”.
Si esto es así para de las Farc, quienes son expulsados de la JEP ante la verificación de la hipótesis de deserción, no existe razón para realizar un reproche menor a los comparecientes de la Fuerza Pública: JEP
Finalmente la Sección de Apelación señala que la consecuencia de un incumplimiento grave por el retorno a la violencia armada no podía ser otra que la expulsión de la JEP.

“Si esto es así para de las Farc, quienes son expulsados de la JEP ante la verificación de la hipótesis de deserción, no existe razón para realizar un reproche menor a los comparecientes de la Fuerza Pública que, aunque no tienen una obligación de desmovilización, vuelven a cometer delitos que promueven el conflicto", dice el auto.

La decisión concluye diciendo que los de la Fuerza Pública que reinciden en hechos del conflicto "merecen el mismo reproche que aquellos por cuanto se trata de una falta al mismo compromiso de finalizar el conflicto y vulnera gravemente los derechos de las víctimas, quienes no pueden confiar en que los beneficiarios de los tratamientos especiales son verdaderos merecedores de tales prerrogativas”.
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