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Noticia

Gobierno sanciona ley contra el ruido: las normas que debe seguir y multas a las que se expone

La normatividad busca proteger varios derechos de las personas y ambientales.

La ciudadanía continúa presentando quejas por constantes ruidos, pese a la pandemia.

La ciudadanía continúa presentando quejas por constantes ruidos, pese a la pandemia. Foto: Archivo/EL TIEMPO

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Este 6 de marzo, el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley contra el ruido, la cual establece una normatividad para reducir la contaminación acústica. El paso que sigue es la reglamentación de la ley para que se pueda implementar.
La nueva norma busca "definir los objetivos y lineamientos para el diagnóstico, evaluación y gestión de la calidad acústica en el país y establecer las responsabilidades de las entidades del orden nacional y territorial" en tres ítems:
  1. El establecimiento de la reglamentación marco que aborde las problemáticas de ruido y vibraciones de forma integral, para la aplicación de acciones y medidas preventivas y correctivas eficaces y la atención articulada por parte de las autoridades competentes con el fin de garantizar la sana convivencia, la tranquilidad, y el disfrute efectivo de los derechos al ambiente sano, la salud, la intimidad y la integridad personal.
  2. La formulación de la política pública de calidad acústica (ruido y vibraciones) y planes de acción para la prevención, mitigación, evaluación, seguimiento y control de los impactos generados por la contaminación acústica y ruidos que afecten la salud, la fauna, el ambiente y la convivencia.
  3. La medición y revisión periódicas, del marco regulatorio, las políticas públicas y planes de acción a fin de procurar su mayor eficacia.

¿Qué estableció la Ley?

La ley se interpretará a la luz de los principios del derecho ambiental y adicionalmente de los siguientes:
1. Carácter pluridimensional del fenómeno del ruido y la contaminación acústica: El desarrollo regulatorio, las políticas, planes de acción y actuaciones de las autoridadesfendrán en cuenta que el ruido y la contaminación acústica afectan diferentes bienes e intereses jurídicos objeto de protección.
En consecuencia, las conductas generadoras de ruido o contaminación acústica tienen potencialmente carácter pluriofensivo y pueden requerir la actuación coordinada de diferentes autoridades competentes, quienes deben dar respuestas integrales, en términos de garantizar la protección o el restablecimiento de todos los bienes jurídicos afectados.
2. Enfoque basado en derechos: El desarrollo regulatorio, las políticas, planes de acción y actuaciones de las autoridades tendrán como objetivo principal garantizar la mayor eficacia y realización de los derechos fundamentales, colectivos y demás bienes jurídicos que se puedan ver vulnerados o amenazados por las afectaciones e impactos a la salud, al ambiente, a la convivencia y al entorno ocupacional asociados a la contaminación acústica o los ruidos que afecten la tranquilidad.
Se procurará que las medidas de protección procedan de forma inmediata, con independencia de las acciones judiciales o istrativas que se puedan estar adelantando para perseguir y sancionar las conductas violatorias del marco regulatorio que resulten imputables a una persona o agente determinado.
3. Enfoque basado en salud pública: Las autoridades encargadas de aplicar lo dispuesto en la presente ley, tendrán en cuenta la incidencia de sus actuaciones sobre la salud humana y animal, con el objetivo de garantizar una vida sana y promover el bienestar en todos los entornos y paisajes sonoros.
Otros enfoques de la ley son los siguientes: Enfoque basado en desarrollo sostenible; Enfoque basado en investigación y tecnología; Transparencia activa; Enfoque de derechos para acceder y participar de la vida cultural, recreativa y deportiva y Enfoque ambiental de las normas urbanísticas generales de uso del suelo.
Medición de ruido

Medición de ruido Foto:Archivo

¿Cuáles son las multas si se incumple la ley?

En cuanto a las multas a quienes incumplan esta ley, el artículo 19 de esta ley modificó el artículo 180 de la Ley 1801 de 2016, el cual quedó así:
Artículo 180°. Multas. Es la imposición del pago de una suma de dinero en moneda colombiana, cuya graduación depende del comportamiento realizado, según la cual varía el monto de la multa. Así mismo, la desobediencia, resistencia, desacato, o reiteración del comportamiento contrario a la convivencia, incrementará el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados y el costo del cobro coactivo.
Las multas se clasifican en generales y especiales.
Las multas generales se clasifican de la siguiente manera.
  • Multa Tipo 1: Dos (2) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), que equivalen a $108.232.
  • Multa Tipo 2: Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), que equivalen a $216.464.
  • Multa Tipo 3: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), que equivalen a $432.928
  • Multa Tipo 4: Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv), que equivalen a $865.856.

Ley para proteger las personas discapacitadas y sus cuidadores

El 11 de diciembre del 2024 el Senado aprobó una ley que crea un fondo especial para proteger y apoyar a las personas discapacitadas y a sus cuidadores, como también a la propuesta que endurece la legislación para bajarle el tono a los abusadores del ruido.
La Secretaría de Ambiente es la entidad encargada de medir los niveles de ruido en la ciudad.

Protesta contra los niveles de ruido. Foto:Archivo El TIEMPO

El proyecto de ley es una iniciativa de origen parlamentario para que concejos municipales y distritales establezcan un Fondo de Protección y Apoyo que proveería beneficios a dichas personas con beneficios como una renta ciudadana o básica, y dispositivos tecnológicos que ayudarían a mejorar su funcionalidad.

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Un grupo de personas con discapacidad se reunió en la plazoleta del Concejo de Bogotá para realizar un plantón en protesta por el retiro de los subsidios de transporte. Los manifestantes expresaron sentirse vulnerados por el Gobierno Distrital y exigen que se restablezca y aumente el subsidio, argumentando que el alto costo del transporte afecta gravemente su movilidad y calidad de vida. Además, denunciaron dificultades al usar el sistema de transporte público, como la falta de  adecuado a los buses

Plantón de personas discapacitadas. Foto:

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