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¿Cuál sería el impacto fiscal del fallo de la no deducibilidad de las regalías?

Hoy se lleva a cabo una audiencia pública. Ministro de Hacienda busca mitigar el impacto fiscal de la decisión.  

El carbón como fuente energética.

El carbón como fuente energética. Foto: Archivo / EL TIEMPO

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En noviembre del 2023 la Corte Constitucional tumbó el artículo de la reforma tributaria de Gustavo Petro que prohibía a las empresas mineras deducir o descontar de sus impuestos el valor de los pagos por regalías, decisión celebrada por gremios como la Asociación Colombiana de Minería (ACM), la Asociación Colombiana de Gas Natural (Naturgas) o la Asociación Colombiana del Petróleo (A). 

Sin embargo, ante el hueco que esta decisión suponía para las cuentas públicas, en diciembre el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, solicitó la apertura de incidente de impacto fiscal sobre tal sentencia (la C-489 de 2023) y hoy es la audiencia para definir su futuro. 

Puede leer también: Abecé de los cambios que vendrían para el sistema pensional en Colombia

En el escrito de sustentación, Bonilla señaló que la sentencia tiene un impacto fiscal significativo. Para el 2024, dice que el efecto del fallo de la Corte en el flujo de caja de la Nación asciende a 6,7 billones de pesos.

Este valor corresponde a 3,4 billones de pesos de saldos a favor que serían devueltos a los contribuyentes en el 2024 y que fueron pagados en el 2023 por concepto de retenciones y a 3,3 billones de pesos por concepto de recaudo frustrado en el 2024.
El carbón se encuentra en acumulaciones, en forma de capas o yacimientos, bajo la superficie terrestre.

El carbón se encuentra en acumulaciones, en forma de capas o yacimientos, bajo la superficie terrestre. Foto:iStock

“En el mediano plazo, dicho efecto se traduce en una menor disponibilidad de recursos por el orden de 2,8 billones de pesos promedio por año entre 2025 y 2034, equivalentes a 0,12 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB)”, dice en el documento.

En un documento posterior de subsanación, el ministro indicó que el impacto fiscal de la sentencia llegaba a 34,9 billones de pesos en valor presente. Este valor se descompone de los 6,7 billones de pesos correspondientes al efecto en caja de la vigencia del 2024, de los 17,3 billones de pesos al valor presente de la pérdida de recaudo entre 2025 y 2034, y los 10,9 billones de pesos correspondientes a la perpetuidad de este flujo a partir de 2035 en adelante. 

No obstante, la Corte dijo que tal modificación de cifras era inisible y por tanto debía ser rechazada.
Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda, también habla de impuestos a las plataformas.

Ricardo Bonilla, ministro de Hacienda. Foto:Milton Díaz. EL TIEMPO

Los planes que propone Bonilla

Con el objetivo de mitigar el impacto de la sentencia, Bonilla le propuso a la Corte cuatro planes para su cumplimiento en un marco de sostenibilidad fiscal. Estos deberán ser analizados por la entidad judicial.

1. Alternativa A: Diferir los efectos del fallo a partir del 1 de enero del 2025. Esta alternativa implica que las regalías no sean deducibles de la renta bruta durante los años gravables 2023 y 2024, lo que según la cartera de Hacienda mitigaría el impacto de 6,7 billones de pesos, es decir, permitiría que los ingresos que la Nación obtuvo vía retenciones durante la vigencia 2023, asociados a la no deducibilidad de las regalías, no deban ser devueltos a los contribuyentes; que los recursos que se esperaban recaudar en la vigencia 2024 se materialicen y que no se afecten los ingresos que ya están programados en el Presupuesto General de la Nación de 2024.
2. Alternativa B. Diferir los efectos del fallo a partir del 1 de enero de 2024. Esta alternativa supone que las regalías no sean deducibles de la renta bruta durante el año gravable 2023. En este orden, Bonilla dice que se mitiga el impacto de la sentencia sobre la devolución de los saldos a favor de los contribuyentes, asociados con la no deducibilidad de regalías en esa vigencia fiscal. Con ello, el impacto se reduciría de 6,7 billones de pesos a 3,3 billones de pesos en la vigencia 2024.
3. Alternativa C. Diferir los efectos del fallo a partir del 1 de enero de 2025 y disponer que el mayor valor del impuesto se reconozca como descuento en cuotas iguales en los años gravables 2024, 2025, 2026, 2027 y 2028. Según la cartera de Hacienda, esta vía no elimina el impacto fiscal negativo de la sentencia, pero sí permite distribuirlo en múltiples vigencias. Lo anterior favorece la disponibilidad de caja de la Nación en 2024 porque el recaudo proyectado para esta vigencia se mantendría. Además, dice que amplía el margen del Gobierno y permite que la reducción necesaria en el gasto público sea menor. “Lo anterior, en la medida en que para las vigencias fiscales 2025, 2026, 2027 y 2028, se espera que la actividad económica cuente con un mejor desempeño”, se puede leer.
La estrategia de Ecopetrol no busca la sustitución de fuentes energéticas sino la adición de nuevas fuentes

La estrategia de Ecopetrol no busca la sustitución de fuentes energéticas sino la adición de nuevas fuentes Foto:Cortesía.

4. Alternativa D. Diferir los efectos del fallo a partir del 1 de enero de 2024 y disponer que el mayor valor del impuesto se reconozca como descuento en cuotas iguales en los años gravables 2024, 2025 y 2026. Del mismo modo que la alternativa precedente. Según Hacienda, este plan no elimina el impacto fiscal negativo de la sentencia, pero sí permite distribuirlo en múltiples vigencias, lo que favorece la disponibilidad de caja de la Nación en 2024. “En términos generales, esta alternativa tiene las mismas ventajas ―«permite que la reducción necesaria en el gasto público para el año 2024 sea menor en 3,3 billones de pesos― y funcionaría igual que la alternativa anterior”, señalan.

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