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Niegan demanda contra elección de Juan Carlos Cortés como magistrado de la Corte

La decisión la tomó la Sección Quinta del Consejo de Estado. Las razones.

Juan Carlos Cortés González, magistrado de la Corte Constitucional

Juan Carlos Cortés González, magistrado de la Corte Constitucional Foto: Archivo particular

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La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que pedía anular la elección de Juan Carlos Cortés como magistrado de la Corte Constitucional, realizada por el Congreso de la República el 18 de octubre de 2022.
La demanda fue presentada por el abogado Harold Suá Montaña, quien demandó también las designaciones de varios integrantes del Gabinete y quien es reconocido por presentar múltiples recursos ante las altas cortes, incluso sin fundamento, por lo cual ha sido sancionado.
La demanda alegaba la existencia de supuestas irregularidades de parte del Congreso de la República al momento de realizar la elección en octubre de 2022 como que la votación se haya tenido que repetir porque, en una primera que se hizo, se registró un voto más de los congresistas registrados.
En ese momento, el presidente del Senado, Roy Barreras, explicó “el senador Gustavo Moreno votó, pero no había sido registrado. Por eso fue el voto noventa y tres. Sin embargo, ya se destruyeron los tarjetones y ya se ordenó repetir. Así que, esta vez cada senador votará cuando le llamen y no antes de que le llamen”.
Luego de eso, se repitió la votación y Cortés fue elegido.
Según la demanda, también había un vicio porque en el tarjetón en el que los legisladores votaron decía “Cotes” y no “Cortés”, entre otras cosas.
Juan Carlos Cortés González, ternado para la Corte Constitucional

Juan Carlos Cortés González, ternado para la Corte Constitucional Foto:Corte Suprema de Justicia

En el proceso, la defensa del magistrado Cortés decía que "luego de haberse ordenado la repetición de la votación, la Secretaría del Senado de la República se percató de la inexistencia de una diferencia entre los votos depositados y los votantes registrados durante la primera votación, pues en realidad, lo que ocurrió en el caso concreto es que por un error involuntario no se incluyó a uno de los Senadores que había ejercido su derecho voto en el registro de votantes".
Por eso, había pedido desestimar la demanda. Lo propio dijo sobre el tema del apellido en el tarjetón al indicar que es solo un error de tipeo, pero que era claro que se refería a él, que no hubo confusión sobre quien se iba a votar, entre otros.
"Se tiene que dicha irregularidad era meramente formal, fue subsanada por el Secretario del Senado antes de iniciar la votación y no generó ninguna incidencia para los resultados de la elección, pues los sufragantes con la foto del candidato dispuesta en el tarjetón tenían plena certeza de la persona por la cual estaban votando, como ya se explicó, siendo por ende procedente solicitar a la Sala se deniegue la prosperidad de los reproches acá planteados", dijo la defensa de Cortés.
Las pretensiones de la demanda fueron negadas por la Sección Quinta del Consejo de Estado con ponencia de la magistrada Rocío Araújo.
@JusticiaET

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