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¿En qué va estudio de la reforma a la justicia en la Corte Constitucional?

La magistrada Natalia Ángel Cabo, quien debía asumir el caso, se declaró impedida.

Reforma a la justicia

Reforma a la justicia Foto: EL TIEMPO

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Desde septiembre de 2021 la Corte Constitucional asumió el estudio de la reforma a la justicia aprobada ese año por el Congreso, que es un proyecto de ley estatutaria que requiere el aval del alto tribunal para poder convertirse en ley.
El caso estaba en manos del magistrado Alberto Rojas Ríos, quien finalizó su periodo como magistrado en febrero pasado, por lo que pasó a la magistrada Natalia Ángel Cabo, quien fue elegida en su reemplazo.
La magistrada Ángel Cabo acaba de declararse impedida para no participar en el expediente, por cuenta de haber dado su opinión sobre algunos de los artículos que se tramitaron por el Congreso.

El impedimento

Natalia Ángel Cabo

Natalia Ángel Cabo Foto:Leonardo Vargas. Prensa Senado

En concreto, la magistrada señaló que “un informe publicado este año por la Corporación Excelencia en la Justicia, me pronuncié directamente sobre el contenido del artículo 2 del proyecto de la referencia, en particular sobre el tema de los criterios que deben orientar la determinación sobre la oferta de justicia en los municipios”.
Igualmente, en el citado informe, dio su opinión sobre los estándares de la OCDE sobre la cantidad de jueces que debe haber por número de habitantes y el presupuesto para ello.
“Si bien el proyecto de reforma a la Ley estatutaria aprobada recientemente por el Congreso de la República hace una breve mención al respecto, esto parece ser más un ‘saludo a la bandera’ que una disposición que ayude a materializar en la práctica, en un corto plazo, dicho propósito”, dijo la magistrada en el informe mencionado, en afirmaciones hechas en su rol de abogada.
La magistrada Ángel Cabo dijo que, como se aprecia en el informe de la CEJ, hizo “una crítica directa al parágrafo del artículo 2 del proyecto de ley estatutaria de la referencia, al indicar que lo consideraba “un saludo a la bandera” y al mencionar explícitamente que dudaba de la existencia misma del estándar de la OCDE, que allí se menciona”.
Mi cuestionamiento previo a la idoneidad de la medida, puede llegar a entenderse como una afectación a la evaluación imparcial que requiere el estudio de constitucionalidad de la medida en cuestión”, dijo en el impedimento que ahora debe ser estudiado por la Sala Plena. En caso de que sea aceptado, se designará como ponente a otro magistrado.

Lo que ha pasado

Sala Plena Corte Constitucional 2022.

Sala Plena Corte Constitucional 2022. Foto:Cesar Melgarejo. EL TIEMPO

En este caso, la Procuraduría le solicitó a la Corte Constitucional que dé luz verde a la reforma al indicar que no hubo vicios de forma y fondo en su trámite como sí lo asegura el Consejo Superior de la Judicatura, que pidió al alto tribunal tumbar la norma.
La Procuraduría dijo que las reformas incluidas en el texto aprobado, como considerar la justicia como un servicio público esencial, la creación de dos cargos de magistrados en el Consejo de Estado o incluir a la jurisdicción disciplinaria en la estructura orgánica de la Rama Judicial (en cabeza de la Comisión de Disciplina Judicial), no viola la Constitución.
La reforma aprobada modificó las funciones de la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, permitiendo que sus integrantes (los presidentes de las Cortes) elaboren conceptos vinculantes para la Judicatura sobre el plan de inversiones y el presupuesto de la Rama.
Ese punto fue cuestionado ante la Corte por la Judicatura. En reciente entrevista con EL TIEMPO, su presidente, el magistrado Jorge Luis Trujillo Alfaro, lo explicó en estos términos.
"La Corte Constitucional ha sido clara en señalar que nuestro modelo de gobierno y istración defiende la independencia del Consejo Superior de la Judicatura y diferencia las labores de istrar justicia y gerenciar la Rama. Entendemos que la reforma, tal y como fue aprobada por el Congreso, se separa de esta intención, dado que genera una coistración judicial ya que dichos conceptos serían vinculante", dijo.
En cambio, estas nuevas funciones han sido defendidas por la Corte Suprema de Justicia en el debate en el Congreso. Así también se lo dijo a este diario, el expresidente del alto tribunal, magistrado Luis Hernández.
"En mi opinión ninguna de ellas afecta sus funciones constitucionales (...) Ninguna de ellas involucra a los presidentes de las cortes en temas de contratación pública como algunos han sostenido", dijo.
@JusticiaET

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