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Corte cita a audiencia pública por traslados entre regímenes pensionales

Se estudian 15 tutelas por casos de traslados del régimen de prima media al de ahorro individual.

Unos 3 billones de pesos adicionales le costará a la nación el congelamiento por 3 meses del aporte a pensiones.

Unos 3 billones de pesos adicionales le costará a la nación el congelamiento por 3 meses del aporte a pensiones. Foto: Milton Díaz. EL TIEMPO

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La Sala Plena de la Corte Constitucional citó a una audiencia pública virtual para el próximo 28 de octubre en el marco del estudio de 15 tutelas acumuladas que se han presentado por casos de anulación de traslados del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais).
El expediente que inició este caso tiene que ver con una tutela que interpuso Colpensiones contra un fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró la ineficacia del traslado al Régimen de Ahorro Individual del señor José Benito Zúñiga Pino y, como consecuencia, condenó a la entidad a reconocer y pagar en favor de dicho ciudadano la pensión de vejez correspondiente.
Los catorce expedientes restantes corresponden a acciones de tutela promovidas individualmente por ciudadanos a los que distintas salas laborales de tribunales del país decidieron negar las pretensiones de sus demandas, dirigidas a obtener la anulación de su traslado del Régimen de Prima Media al Régimen de Ahorro Individual, e instauradas por, presuntamente, no haber obtenido la información adecuada para adelantar el cambio de régimen pensional.
Por la trascendencia del tema, la Corte citó a una audiencia pública luego de estimar que “existen materias trascendentales que merecen ser abordadas a través del diálogo abierto”.
Se trata, por un lado, las presuntas incidencias en las finanzas públicas y en la sostenibilidad del Sistema General de Seguridad Social, dado que a lo largo del trámite, Colpensiones, el Ministerio de Hacienda, y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, entre otras instituciones, han insistido en la importancia que tendría incluir la perspectiva económica en el análisis de estas acciones de tutela.
Por otro lado, dijo la Corte, “se encuentran las tensiones jurídicas comprometidas en el estudio de este conjunto de casos. Preeminentemente, las derivadas de la protección de la seguridad social pensional, sobre todo en sus facetas de accesibilidad, adaptabilidad y la garantía del derecho a la información, en el marco de las vinculaciones de las personas con las entidades as de los regímenes de pensiones”.
Sala Plena Corte Constitucional

Sala Plena Corte Constitucional Foto:Corte Constitucional

Las temáticas de la audiencia

Por un lado, la Corte buscará indagar sobre las razones estructurales, jurídicas y de política económica que están detrás del diseño actual del Sistema General de Seguridad Social en pensiones y su relación con la política de traslados entre los regímenes que lo integran.
En ese sentido, la Corte busca recibir respuestas sobre, por ejemplo, ¿cuál es el monto y la destinación de los aportes que mensualmente los afiliados del Sistema General de Pensiones realizan a las diferentes as de los dos regímenes de pensiones, y las diferencias relevantes en la istración de los recursos así obtenidos entre cada uno de dichos regímenes?
Se buscará obtener información sobre asuntos como, qué pasa una vez se materializa el traslado del Régimen de Ahorro Individual al de Prima Media. Es decir, “¿qué valores se trasladan de la cuenta de cada afiliado, o qué montos son los que se entregan a la nueva a? ¿Estos valores son equivalentes a lo que se hubieren aportado o generado en caso de haber estado afiliado siempre al RPM? En caso negativo, ¿cómo se explica esa diferencia?”.
Y sobre qué tipos de gastos de istración o asociados, -de seguros, por ejemplo-, incurre una entidad a de cada uno de los regímenes a lo largo de la permanencia de un afiliado y/o pensionado, que deban ser considerados al momento de ordenar un traslado.
La Corte busca saber cuántos procesos se han  iniciado en el país en los que afiliados y pensionados han pretendido la anulación de su traslado al Régimen de Ahorro Individual.
El segundo eje temático versará sobre la cantidad de procesos judiciales que se han iniciado en el país en los que afiliados y pensionados han pretendido la anulación de su traslado al Régimen de Ahorro Individual.
La idea es saber qué datos hay al respecto, cuántos casos iniciaron antes de pensionarse y después de haberse pensionado; quiénes los inician (edad, género, diferencia estimada en el monto de la pensión, y a la pensión en cada régimen; y casos que iniciaron faltando 10 años o menos para pensionarse y aquellos en los que restaba un lapso superior para adquirir la pensión.
En este apartado, la Corte busca saber ¿cuáles son las valoraciones de impacto fiscal y de sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Pensiones que se estiman frente al eventual traslado de régimen pensional, por anulaciones judiciales decretadas en favor de personas a las que les resta menos de 10 años para pensionarse y de aquellas que ya están gozando de la pensión?
Igualmente, busca recibir información la Corte sobre el efecto diferencial que el impacto fiscal podría tener sobre grupos económica o socialmente vulnerables y si existe un impacto fiscal y financiero diferencial entre las anulaciones de traslados que operan sobre las personas a las que les falta menos de 10 años para pensión y las que se encuentran pensionadas.
El tercer eje temático es la “Interacción judicial y participación del Ministerio Público” por lo que la Corte Constitucional invitó a la Corte Suprema de Justicia, al Consejo de Estado y a la Procuraduría General para que se “pronuncien acerca de las tensiones jurídico-constitucionales que enmarcan la discusión sobre la anulación de los traslados de Régimen de Prima Media al de Ahorro Individual, por la presunta afectación del derecho a la información”.
El curto eje temático de la audiencia será sobre el diseño e implementación operativa de los instrumentos de información puestos a disposición de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social para definir su vinculación a cualquiera de los dos regímenes de pensiones (RPM y RAIS).
La Corte formuló en el auto de citación a la diligencia varias preguntas orientadoras como, por ejemplo, su desde la entrada en vigencia de la ley 100 de 1993 ha existido una política pública para garantizar el derecho a la información en la afiliación y traslado de régimen pensional, cuáles han sido sus etapas y las responsabilidades de cada entidad al respecto.
“¿Qué acciones en concreto desplegaron las as de pensiones y qué tipo de información suministraban a la persona interesada, para garantizar el derecho a la información en la afiliación y traslado de régimen pensional? Explicar el alcance de sus actuaciones y precisar si, a partir de las modificaciones normativas, desde 1993, han existido variaciones en la rigurosidad de este deber”, se preguntó la Corte, entre otros.
En Twitter: JusticiaET

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