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Noticia
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Dictamen preliminar de la Procuraduría advierte que el contralor Carlos Hernán Rodríguez no estaba inhabilitado para su segunda elección
El Ministerio Público citó una jurisprudencia que podría beneficiar a Rodríguez en el debate jurídico sobre su presunta inhabilidad, por haber ejercido como gestor fiscal el año inmediatamente anterior a su segunda elección.
Carlos Hernán Rodríguez, contralor general de la República. Foto: Contraloría General
La procuradora séptima delegada ante el Consejo de Estado Idayris Yolima Carrillo envió una intervención al alto tribunal en el marco de una de las cuatro demandas que piden tumbar la nueva elección que efectuó el Congreso de la República, el pasado 12 de junio, del contralor general Carlos Hernán Rodríguez Becerra.
Las acciones judiciales alegan que Rodríguez Becerra estaría inhabilitado para el cargo de contralor general pues el artículo 267 de la Constitución Política advierte que "no podrá ser elegido contralor general quien sea o haya sido miembro del Congreso o se haya desempeñado como gestor fiscal del orden nacional, en el año inmediatamente anterior a la elección".
El jurista vallecaucano fue elegido por primera vez como contralor en el año 2022, pero un año después el Consejo de Estado anuló su nombramiento al advertir varias irregularidades en las que incurrió el Congreso de la República en la convocatoria de la cual resultó ganador.
Carlos Hernán Rodríguez, contralor general de la República, afronta cuatro demandas de nulidad. Foto:Contraloría General
Rodríguez pudo aspirar a la reciente convocatoria que abrió el Congreso para elegir a su reemplazo por cuenta de un fallo de la Corte Constitucional que le permitió postular su nombre. Y fue elegido por segunda vez en el mismo cargo el 12 de junio de este año.
Actualmente el Consejo de Estado analiza si dicho fallo de la Corte blindó jurídicamente al contralor de la inhabilidad de la que habla el artículo 267 de la Constitución.
La Procuraduría advierte preliminarmente que el contralor no está inhabilitado
La delegada de la Procuraduría Carrillo asegura que el primer acto de elección de Rodríguez Becerra ya no existe jurídicamente y por tanto no se puede hablar hoy de una inhabilidad.
"El acto del 18 de agosto de 2022, mediante el cual se eligió a CARLOS HERNÁN RODRÍGUEZ BECERRA para el período institucional de 4 años, fue anulado mediante sentencia del 25 de mayo de 2023, proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, por lo cual, se entendería que los efectos deben ser ex tunc;es decir, como si el acto no hubiera nacido a la vida jurídica, por lo que las actuaciones consecuentes no devendrían en objeto de cuestionamiento en calidad de fuente de inhabilitación", advirtió un concepto radicado por Carrillo el 22 de agosto.
Idayris Yolima Carrillo, procuradora delegada ante el Consejo de Estado. Foto:Consejo de Estado
"Se interpreta, prima facie, que la anulación del acto conllevó su desaparición del mundo jurídico. Siendo imposible, en virtud de la ficción jurídica, valorar los actos del anulado como actuaciones de gestión fiscal dentro del período inhabilitante que le impidieran retornar al cargo", agregó la procuradora.
Carrillo también citó que la decisión de la Corte Constitucional "le permitió a RODRÍGUEZ BECERRA aspirar a ser elegido nuevamente Contralor General de la República, siendo su participación respaldada por una orden de rango constitucional, bajo el parámetro de retrotraimiento de las actuaciones hasta antes del surgimiento de la elección del 18 de agosto de 2022, lo cual es consecuente con la ficción jurídica de la inexistencia del acto, dados los vicios que se generaron antes de la expedición".
El contralor podría beneficiarse de la jurisprudencia del Consejo de Estado sobre el caso del exgobernador Guido Echeverri
La procuradora Carrillo citó jurisprudencia de otro caso que evalúo el Consejo de Estado sobre el exgobernador de Caldas Guido Echeverri.
En 2013 el Consejo de Estado tumbó la elección de Echeverri que se había efectuado para el periodo 2012-2015. Pero el mandatario volvió a ser elegido para el mismo cargo y para el siguiente periodo (2016-2020). La segunda elección de Echeverry también fue demandada pero la alta corte la salvó.
En 2017 el Consejo de Estado salvó la elección de Guido Echeverri Piedrahita, entonces gobernador de Caldas. Foto:Facebook Guido Echeverri
En 2017 el Consejo de Estado adoptó este criterio: “…A la luz de la jurisprudencia constitucional y contenciosa, el demandado nunca fue elegido para el mismo cargo en el período inmediatamente anterior (2012-2015); que era en últimas, la condición necesaria para la confrontación del caso con cualquiera de los mencionados artículos”.
El antecedente del exgobernador de Caldas podría convertirse en uno de los sustentos jurídicos más fuertes para la defensa de la segunda elección del contralor general.