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‘No es una propuesta de amnistía, sino de desmonte del acuerdo de paz’: JEP
El presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes, habló sobre la ‘amnistía general’ planteada por Uribe.
El expresidente Álvaro Uribe (izq.) y el magistrado Eduardo Cifuentes (der.), presidente de la JEP. Foto: EL TIEMPO
La propuesta de 'amnistía general' planteada por el expresidente Álvaro Uribe aterrizó con malestar en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). El exmandatario sugiere que “por una vez se otorgue la oportunidad de que condenados y procesados puedan ser elegidos y tengan descuento carcelario”, con excepción de quienes hayan cometido crímenes de guerra, lesa humanidad y corrupción en la contratación.
A eso se suma el crear una sala en la JEP para juzgar a los militares, entre otras medidas que para el magistrado Eduardo Cifuentes, presidente del tribunal, son abiertamente inconstitucionales.
En entrevista con EL TIEMPO, el togado señala que la propuesta de Uribe es inviable y supone “un desmonte subrepticio de la implementación del acuerdo de paz”.
¿Cuál es su opinión sobre la propuesta de ‘amnistía’?
Tanto la propuesta que se improvisó en su cita formal ante la Comisión para la Verdad como la que se formuló después por escrito son iniciativas manifiestamente inconstitucionales.
En primer lugar, no es posible otorgar amnistías generales, como una especie de borrón y cuenta nueva. Estas amnistías incondicionadas están prohibidas en el derecho internacional para los crímenes internacionales.
Segundo, no es posible desmontar el acuerdo de paz en este momento, pues hacerlo representaría la sustitución de un rasgo definitorio de la identidad de la Constitución, como es la buena fe. Un Estado constitucional sencillamente no puede adquirir una serie de compromisos con un grupo armado para desarmarlo y desmovilizarlo, y acto seguido deshonrar lo pactado en un acto semejante a la perfidia. Un acto como este tarda muy poco en caerse ante la Corte Constitucional.
Álvaro Uribe y Comisión de la Verdad Foto:Archivo Particular
¿Qué implicaciones traería la materialización de esa iniciativa?
No escapa a nadie que la verdad que ha revelado y las imputaciones que ha comenzado a formular la JEP, generen en algunos sentimientos de pánico
La amnistía general propuesta ante la Comisión disolvería la distinción entre máximos responsables, medianos y mínimos responsables y, por tanto, impide garantizar el derecho a la verdad y a la justicia de las víctimas. Es tan clara la inviabilidad de esta propuesta improvisada, que la luego formulada es distinta.
La segunda propuesta no es de amnistía general, pues es claramente inviable, sino de desmonte subrepticio de la implementación del acuerdo de paz, con un complemento peligroso de rehabilitación general indiscriminada de derechos políticos para casi toda clase de delincuentes, con algunas salvedades que allí se insinúan.
¿Qué propone el expresidente?
La propuesta que se hace de olvido e impunidad, o de desmonte del acuerdo de paz, es la otra cara del miedo
En esencia, lo que propone es restringir la participación política de los desmovilizados de las Farc, que como se sabe es una pieza fundamental del acuerdo de paz, y en contrapartida habilitar los derechos políticos de todos los criminales del país, con ciertas excepciones.
Además, propone distorsionar radicalmente el capítulo de justicia del acuerdo de paz, al sugerir sin la claridad que uno espera en una propuesta pública que a los grupos desmovilizados se les debe aplicar el sistema de Justicia y Paz, que es distinto al de la JEP, y al crear una estructura parcial dentro de la JEP para los de la Fuerza Pública.
El resultado es que la JEP solo sería para la Fuerza Pública, los agentes del Estado y los terceros, pero para la Fuerza Pública habría unos jueces parciales, y para las Farc aplicaría Justicia y Paz, que es algo completamente distinto a la JEP, con tratamientos mucho más benignos y con menos verdad.
No escapa a nadie que la verdad que ha revelado y las imputaciones que ha comenzado a formular la JEP, generen en algunos sentimientos de pánico. La propuesta que se hace de olvido e impunidad, o de desmonte del acuerdo de paz, es la otra cara del miedo. Pero así el país no avanza y de ese modo se revictimiza a más de nueve millones de víctimas.
¿Qué decir sobre los beneficios que recibirían las personas condenadas?
La idea de crear beneficios para personas condenadas por otros delitos crea una peligrosa ventana de impunidad política, y de generación de espacios para entregarle lo público a quien ha cometido toda clase de delitos, con algunas excepciones, lo cual pone en riesgo los cimientos mismos del Estado de derecho. Ya tenemos un modelo de justicia que está aportando verdad sobre el conflicto colombiano.
Eduardo Cifuentes asumió la presidencia de la Jurisdicción Especial para la Paz en 2020. Foto:JEP
Entiendo que la verdad que estamos dando al país es dolorosa y dura, pero es necesaria. Si queremos tener un futuro como país, debemos escuchar esa verdad, aceptarla y construir el futuro de las nuevas generaciones a partir de ella para no repetir los crímenes del pasado.
Una política de perdón y olvido, convertida en permanente bajo el pretexto de que es “por una sola vez”, no solo es inconstitucional porque por regla general no puede haber reformas de caso único, sino que además es inconveniente porque deja que subsistan estructuras de impunidad que están en la base de muchos de nuestros problemas, como la corrupción, la parapolítica, los arreglos regionales de nepotismo e ilegalidad rampantes, el abuso estatal, el extendido uso de la violencia.
Un proyecto de ese tipo envía un mensaje peligroso y deletéreo de impunidad y supone una renuncia al Estado de Derecho y al sometimiento de los gobernantes a la ley.
Uribe sostiene que hay un trato asimétrico...
No deja de causar asombro que desde la política se busque interferir con desparpajo y sin ningún disimulo en la función judicial en marcha
El trato dado a los agentes del Estado debe ser simétrico al suministrado a las Farc, tal y como se establece en el acuerdo de paz. Y lo es, en la práctica, pues los agentes estatales que tuvieron alguna restricción de derechos políticos, gracias al acuerdo, también experimentan una rehabilitación política, solo que no es total.
Esto se debe a que quienes cometieron delitos en su calidad de agentes del Estado, y ya fueron condenados por la justicia ordinaria por ellos, defraudaron sus deberes de garante. Usaron el poder público en contravención a sus propósitos, pues no lo emplearon para la protección de la vida, la honra, los bienes y las libertades de quienes habitan este territorio, sino para atentar contra ellos.
Y como las víctimas tienen derecho a la no repetición, entonces no se les puede devolver la oportunidad plena de al poder público, precisamente por lo que ocurrió en el pasado. Las Farc fueron responsables de crímenes horrendos, pero no en ejercicio del poder público, y por ello el a este no es una parte de la no repetición. Además, el acuerdo tuvo como ingrediente esencial la posibilidad de participar en política.
¿Puede ser creada una nueva sala en la JEP, como lo propone Uribe?
No deja de causar asombro que desde la política se busque interferir con desparpajo y sin ningún disimulo en la función judicial en marcha. Una propuesta como la que se insinúa implica arrebatar competencias ya abiertas y en pleno ejercicio para pasarlas al órgano interno que se pretende crear y, lo más grave, remplazar y agregar magistrados para que retomen expedientes en curso y alterar por la vía de creación de nuevas plazas de magistrados la actual integración de la JEP y, lo más escandaloso, los sistemas de votación y sus mayorías.
El expresidente ha hecho hincapié en la necesidad de imparcialidad de los jueces. ¿Cuál es su lectura frente a eso?
Los requisitos para integrar esa sala parcial son confusos e insólitos. Lo que busca no es reiterar las reglas sobre recusación e impedimento, que ya excluyen del conocimiento de un caso a los jueces que hayan opinado al respecto al margen de sus competencias, o que hubieran sido contrapartes de los sujetos, que hubieran participado en el proceso en otra calidad distinta.
La pretensión es establecer que usted no puede ser juez de un militar, si ha denunciado a otro, o si ha investigado a otro, o si ha sido juez de otro. Un requisito absolutamente único e irrazonable. En ningún lugar del mundo se crean salas especiales con requisitos de prejuicios positivos para juzgar este tipo de crímenes.
¿Es necesario tener esas condiciones para ser imparcial? Si así fuera, entonces posiblemente se necesite también una sala especial en la Corte Constitucional para juzgar este acto, o para conocer de las tutelas contra las decisiones que llegue a tomar ese tribunal parcial que postula, o crear salas especiales con estas características en la Corte Interamericana y en la Corte Penal Internacional. Es curioso, por decir lo menos, que se considere falta de imparcialidad haber trabajado a favor de los derechos humanos.
Todas las salas y secciones de la JEP actúan con la independencia e imparcialidad que se exigen en los tratados internacionales y en la Constitución y la ley. Existen recursos en caso de que la imparcialidad de la justicia transicional estuviera en riesgo. La propuesta apunta a la creación de un espacio parcial para maximizar la impunidad, lo cual socava los derechos de las víctimas.
Volvamos al origen. Jurídicamente hablando, ¿tiene asidero la propuesta de 'amnistía'?
Amnistías e indultos generales solo caben para delitos políticos. El genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra, sobra decirlo, no son amnistiables.
No se puede olvidar que el derecho internacional ha evolucionado desde el final de la II Guerra Mundial y hoy no es posible adoptar este tipo de decisiones sin tener en cuenta el marco del derecho penal internacional aplicable. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha prohibido amnistías generales, que comprendan crímenes internacionales, en casos como Barrios Altos contra Perú y Gelman contra Uruguay.
No se puede hacer borrón cuenta nueva, como si los derechos de las víctimas no tuvieran ningún valor
En el contexto de un conflicto armado no internacional, en un caso reciente (Sentencia TP-SA 168 de 2021), la Sección de Apelación encontró que las violaciones graves al DIH cometidas en un CANI eran crímenes de guerra y, por tanto, no eran amnistiables. No se puede hacer borrón cuenta nueva, como si los derechos de las víctimas no tuvieran ningún valor.
¿Cuál es el mensaje de la JEP a las víctimas de cara a la discusión que abrió la propuesta?
El mensaje es sencillo: la justicia transicional debe tener los derechos de las víctimas como su norte. Los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición. Nuestro trabajo demuestra que es posible avanzar en la tarea de consolidar la paz con justicia. No es posible, porque violaría sus derechos otorgar beneficios generales y no condicionados a las personas responsables de graves crímenes y de crímenes internacionales, o desmontar el acuerdo de paz.
La JEP trabaja duramente para garantizar esos derechos, porque entendemos que es la única forma de alcanzar la paz y de honrar el compromiso que adquirió el Estado colombiano con la firma del acuerdo final de paz.