Al considerar que no tenía competencia para decidir sobre sus casos, pero que además no hizo aportes significativos a la verdad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP rechazó la entrada de Edward Mattos Barrero, hermano del empresario condenado por corrupción Carlos Mattos.
Edward estaba pidiendo su ingreso como tercero civil, y le había pedido a la JEP que le diera el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada, el cual fue negado.
Dado que se rechazó su solicitud de ingreso, todos los expedientes en su contra vuelven a la justicia ordinaria, y no eran pocos: Mattos había pedido cupo por 20 procesos, entre los que hay homicidios pero también procesos por secuestro, estafa, concierto para delinquir, amenazas, tráfico de armas, hurto y peculado, entre otros.
En su análisis, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinó que 10 procesos en contra de Mattos no cumplieron con el examen de aptitud de verdad; y otros diez casos por otros delitos no tenían nada que ver con la competencia de la JEP, que es una justicia transicional creada en el acuerdo de paz de 2016 para juzgar los más graves crímenes cometidos durante el conflicto armado colombiano.
Sus manifestaciones ante la JEP respecto de sus aportes a las Auc lucen lánguidas, contradictorias, genéricas e insuficientes: JEP
En la decisión de 103 páginas que rechaza el sometimiento de Mattos se lee que él reconoció haber sido “colaborador del paramilitarismo en la lucha contra la guerrilla”, en particular, dijo haber apoyado al Bloque Norte de las Auc con la identificación de civiles que, a su criterio, eran “extorsionistas” para que los paramilitares los asesinaran.
No obstante, en algunas declaraciones se contradijo al señalar que actuó bajo coacción.
Así que la JEP terminó por considerar que las manifestaciones hechas por Mattos Barrero respecto de sus aportes a las Auc “lucen lánguidas, contradictorias, genéricas e insuficientes si se contrastan con las declaraciones obtenidas en la justicia ordinaria que indican no solo que tuvo la iniciativa de promover el ingreso de esa organización armada al municipio de Agustín Codazzi (Cesar), sino que fue el determinador de más de una decena de homicidios de personas que señaló directamente o por medio de su conductor Jairo Enrique Ovalle alias ‘Makenke’ como colaboradores o simpatizantes de los guerrilleros, y fue emisario en el despojo de tierras, lo que evidentemente no hizo bajo coacción”.
En el proceso, entre otras pruebas, la jurisdicción evaluó los testimonios de varios exparamilitares que claramente señalan la magnitud de los aportes de Mattos a la organización armada y su participación en varios homicidios.
Por eso, la JEP consideró que Edward Heriberto Mattos Barrero simplemente aceptó ante esta jurisdicción que apoyó y financió a las Auc, pero “no reconoció propiamente su responsabilidad en los homicidios de los señores Aldo Mejía Martínez -caso N° 3-, Disnaldo José Perpiñán Marzal y los Carlos Alberto López Chacón -caso N° 5-, a pesar de las pruebas obtenidas en la justicia ordinaria que comprometen su responsabilidad y constituyen el umbral de aporte a la verdad en la JEP”.
En resumen, la propuesta de verdad que presentó Mattos como parte de los requisitos para entrar a la JEP fue considerada como inisible al decir que fue “deficitaria o incompleta, pues no esclareció el contexto, ni ha cooperado en la judicialización de los fenómenos de macrocriminalidad que enmarcaron las conductas perpetradas”.
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