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Ocho años, la sanción que tendrían exjefes de Farc por secuestro
Resolución de conclusiones señala que los siete máximos responsables imputados aportaron verdad.
Tras varios años de abrirse el caso por los secuestros cometidos por la exguerrilla de las Farc en el contexto del conflicto, ese proceso está un paso más cerca de llevar a condenas de la JEP contra el antiguo secretariado de las Farc, sanciones que llegarían en cuestión de meses.
La Jurisdicción Especial para la Paz profirió la resolución de conclusiones en este caso, que incluye los crímenes por los que fueron imputados, sus aportes a la verdad y una propuesta de sanción contra Rodrigo Londoño, 'Timochenko', Julián Gallo ('Carlos Antonio Lozada'), Pablo Catatumbo, Jaime Parra (alias Mauricio Jaramillo o el Médico), Milton de Jesús Toncel ('Joaquín Gómez'), Pastor Alape y Rodrigo Granda.
Esta resolución, aprobada por la Sala de Reconocimiento de la JEP, señala que Rodrigo Londoño fue quien estuvo mayor tiempo en el Secretariado y fue comandante en jefe de las Farc, por lo cual es responsable de los hechos de todo el país durante su mando y por tanto debería recibir una sanción mayor.
Los demás, excepto Rodrigo Granda, dice la Sala, comparten la responsabilidad tanto por autoría mediata y por la omisión de control de la tropa bajo su mando y tuvieron unidades bajo su mando, por lo cual también son máximos responsables de esos delitos; pero se hace la claridad de que Granda no tuvo unidades directamente bajo su mando, por lo cual no se le imputó responsabilidad de mando por omisión por crímenes cometidos de manera concurrente, y por ello se podría considerar una sanción menor.
"En suma, en lo que respecta a la duración de la sanción, la Sala recomienda que sea de 8 años para todos salvo para Rodrigo Granda, para quien recomienda 5 años de sanción por no haber tenido mando directo sobre la tropa, manteniendo así la proporcionalidad de la duración de la sanción", se lee en el documento.
Aunque corresponderá ahora a la Sección de Primera Instancia para Casos de Reconocimiento de Verdad del Tribunal para la Paz la imposición de la condena, que podría ser diferente a lo que la Sala de Reconocimiento sugiere, la resolución detalla que todos los comparecientes han aportado suficiente verdad y reconocimiento para hacerse acreedores a una sanción propia, que es el tipo de sanción que la jurisdicción impone a quienes reconocen verdad y responsabilidad y que, aunque incluye una restricción de la libertad, no es de cárcel.
Es de recordar que en 2021 la JEP los había imputado por su responsabilidad en al menos 21.396 secuestros, aunque se aclaraba que la magnitud de los hechos victimizantes estudiados no permite determinar un número preciso de todas las víctimas.
La Sala los imputó por secuestros cometidos bajo tres patrones criminales, según sus motivos: para financiar la organización armada, para forzar el intercambio por guerrilleros presos y para ejercer el control territorial.
¿Tendrán que dejar de hacer política?
Durante la tercera jornada de la audiencia de reconocimiento las exFarc reconocen su responsabilida por los secuestros con fines de control territorial. Personas en el público sostienen carteles preguntando por secuestrados de los que aún no se sabe nada. Foto:JEP
Así mismo, la Sala de Reconocimiento adelantó que será el Tribunal para la Paz el que defina la compatibilidad de la sanción propia con la participación en política, pero señala que "si la Sección decide que hay dicha incompatibilidad, esta afectaría a los comparecientes Julián Gallo y Pablo Catatumbo Torres que son ambos congresistas. Igualmente a Rodrigo Londoño, por su liderazgo en el Partido Comunes, y las expectativas que pudiera tener Pastor Alape Lascarro de lanzarse a un puesto de elección popular en Puerto Berrío, Antioquia. Es decir que una incompatibilidad en este sentido afectaría a estos comparecientes más que a los demás".
Pero también anota que afectar la posibilidad de liderazgo de las organizaciones políticas y partidos políticos de reincorporados "puede estar en tensión con el propósito no solo de reincorporación sino de contribuir a la reincorporación política de los antiguos combatientes".
Lo que se sugiere frente a las sanciones
La resolución también habla de las sanciones adicionales a la restricción de la libertad, y en ese sentido, se recomienda que todos trabajen en proyectos de desminado y búsqueda de personas desaparecidas en los territorios donde fueron comandantes de Bloque.
Así mismo, se recomienda su trabajo en un proyecto para trabajar con comunidades y víctimas en el mejoramiento de las áreas de interés ambiental ubicadas en el Parque Nacional Natural (PNN) Sumapaz, a partir de la restauración, educación y ecoturismo.
Del mismo modo, se sugirió que los comparecientes que aceptaron la imputación por responsabilidad de mando en casos de violencia sexual realicen actividades del proyecto transversal de 'Memoria y memorialización'.
La resolución también señala otras actividades, como promover acciones que contribuyan a la construcción de memoria histórica y atiendan a los componentes de reparación y restauración de cada uno de los proyectos de sanción.
Según la JEP, estas propuestas de sanción responden tanto a lo que dispone la ley como al traslado que ha hecho la Sala de las solicitudes e intervenciones de las víctimas, de quienes se recibieron 285 propuestas de reparación que fueron sistematizadas.
La resolución de conclusiones también se refiere a la propuesta que hicieron los exjefes guerrilleros de que las sanciones sean proyectos que tengan cabida para un número más amplio de comparecientes en labores de coordinación y de ejecución.
En seis meses estarían listas las condenas
El presidente de la JEP (medio) y magistrados de la Sala de Reconocimiento al anunciar la resolución de conclusiones en el caso de secuestro. Foto:JEP
Como recordó la JEP, ahora este proceso contra los máximos jefes de las antiguas Farc pasa a la Sección con Reconocimiento para que evalúe la resolución de conclusiones y tome las decisiones de fondo en materia de las sentencias.
Esta sección tiene un plazo legal de seis meses para hacer un juicio de correspondencia entre las imputaciones, el reconocimiento y las propuestas de sanciones para, finalmente, proferir el fallo. En este proceso puede escuchar a las víctimas y a los comparecientes.
Una vez se termina esa evaluación, la sentencia que expida debe contener la sanción propia y aclarar cuáles serán los roles, actividades y restricciones a la libertad y derechos que tendrán los comparecientes.
Es de recordar que las sanciones que imponga la JEP serán verificadas y monitoreadas por la JEP y por la Misión de Verificación de Naciones Unidas.