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Noticia

Nueva decisión abre camino sobre el futuro del caso contra Luis Fernando Almario en la JEP

El político caqueteño fue acusado pero su juicio no ha podido comenzar en medio de diversas solicitudes.

Luis Fernando Almario Rojas es el primer presunto máximo responsable que es remitido a la UIA de la JEP.

Luis Fernando Almario Rojas es el primer presunto máximo responsable que fue remitido a la UIA de la JEP. Foto: Archivo EL TIEMPO

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En una decisión de 50 páginas, la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dio luces sobre el futuro del expediente contra Luis Fernando Almario Rojas, antiguo barón de la política de Caquetá en la década de los 90 que fue acusado por 30 crímenes cometidos en asocio con las Farc para tomarse el poder político en el departamento.

Su caso había pasado para juicio ante la Sección con Ausencia de Reconocimiento (SAR) del Tribunal de Paz de la JEP pero debido a solicitudes de nulidad de su defensa y la Procuraduría, así como por una decisión de la misma SAR que anuló todo lo actuado desde el traslado del escrito de acusación porque no se había acreditado a todas las víctimas, el expediente había quedado frenado.

​Puntualmente, la Procuraduría decía que se había vulnerado el debido proceso por haber remitido este caso a la UIA “antes de que se adoptara un auto de determinación de hechos y conductas en el que se precisaran con claridad los hechos por los cuales se remitía y su calidad de máximo responsable de los mismos”, para el Ministerio Público, esto propició una “falta de coincidencia entre las conductas objeto de la remisión a la UIA y la acusación formulada por esta”.

Por su lado, el abogado de Almario decía que se vulneraron sus derechos “al haber sido acusado sorpresivamente por hechos distintos de aquellos por los cuales se itió su sometimiento (a la JEP) y se le remitió al trámite adversarial”.
Sepelio del Representante a la Cámara asesinado y su madre Inés de Turbay Cote.

Sepelio del Representante a la Cámara asesinado y su madre Inés de Turbay Cote. Foto:Guillermo Herrera / EL TIEMPO

Si bien ahora, tras la decisión de la Sección de Apelación, el proceso deberá devolverse una etapa, hasta la acusación, la determinación da luces sobre el camino a seguir.

Es de recordar que en mayo de 2023 Almario Rojas fue acusado por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP, que funciona como su fiscalía, por asesinatos, desplazamientos forzados y secuestros, entre otros hechos, contra simpatizantes del exrepresentante Diego Turbay Cote y del ‘turbayismo’. Pero en septiembre la Subsección Tercera de la SAR anuló una parte de lo actuado y devolvió el expediente hasta el momento de la acusación de la UIA, considerando que se lesionaron derechos de víctimas.

Ahora, al resolver apelaciones sobre esa decisión, la Sección de Apelación consideró que antes de decretar la nulidad por irregularidades en materia de participación de víctimas, la SAR debió dar trámite a las solicitudes de invalidación del Ministerio Público y el abogado de Almario Rojas.
Instalaciones de la JEP en Bogotá.

Instalaciones de la JEP en Bogotá. Foto:JEP

“En el caso concreto, la SAR decretó la nulidad de lo actuado desde el momento en que se corrió traslado del escrito de acusación, por considerar que no se habían satisfecho adecuadamente los derechos de las víctimas en el trámite. En consecuencia, no consideró las solicitudes de nulidad elevadas por el Ministerio Público y por el apoderado del compareciente durante ese traslado”, recuerda el auto de la Sección de Apelación.

Según esta nueva decisión, debían tramitarse, en primer lugar, las solicitudes de nulidad de la Procuraduría y la defensa para que así se adoptaran “las determinaciones necesarias para clarificar el alcance del trámite y, con él, el universo de las personas afectadas, para luego sí definir si a estas últimas se les vulneró o no el debido proceso”.
Luis Fernando Alamario Rojas, excongresista.

Luis Fernando Alamario Rojas, excongresista. Foto:Héctor Fabio Zamora. Archivo EL TIEMPO

Como esto no fue así, para la Sección de Apelación la única salida era revocar la decisión de la SAR que había decretado la nulidad de una parte del proceso, y devolver el expediente hasta el punto de “consolidación del escrito de acusación por parte de la UIA –quien podrá adoptar las disposiciones a su alcance para garantizar el debido proceso de los sujetos e intervinientes–, y, una vez hecho eso, se tome la decisión que corresponda sobre la legalidad del procedimiento y las nulidades propuestas en la actuación”.

Además de revocar esa decisión, la determinación de la Sección de Apelación también ordena a la SAR tramitar las solicitudes de nulidad pendientes “–lo cual supone el traslado a la UIA para que consolide el escrito de acusación–“, y añade que será necesario revisar el tema de las garantías de participación de las víctimas.


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