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Noticia
Semana Santa 2024: ¿cuánto le deben pagar por día trabajado en Cuaresma?
La jornada en estos días tiene un recargo adicional, según el Código Sustantivo del Trabajo.
Recuerde verificar su contrato laboral. Foto: iStock
En esta temporada de Semana Santa, los colombianos no solo celebran los misterios de la pasión, muerte y resurrección de Cristo, también aprovechan los días festivos para descansar y viajar. Sin embargo, hay personas que deben trabajar en estas fechas.
La Cuaresma es un tiempo litúrgico de 40 días en el que los feligreses se preparan para recibir la Pascua. En esta ocasión, se adicionó un día por el año bisiesto. Inició el 14 de febrero con el Miércoles de Ceniza y terminará el 31 de marzo con el Domingo de Resurrección.
La Semana Santa empezará el 24 de marzo con el Domingo de Ramos y culminará el 30 de marzo, Sábado Santo. En Colombia, los días festivos serán el Jueves Santo y Viernes Santo, 28 y 29 de marzo, respectivamente.
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 51 de 1983, los trabajadores del sector público y privado tienen derecho al descanso remunerado en los días Jueves y Viernes Santos. Además de otros días de fiesta de carácter civil o religioso como el 20 de julio, 7 de agosto, 11 de noviembre y 24 de diciembre, entre otros.
No obstante, quienes deban cumplir con sus responsabilidades laborales en esos días podrán recibir un aumento.
El artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo indica que, “el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas”.
Teniendo esto en cuenta, para saber cuánto recibirá, necesita saber cuánto es su salario mensual con el fin de hacer los respectivos cálculos.
Por ejemplo, si usted recibe el salario mínimo, $ 1’300.000, un día de trabajo es de $ 43.333. Si le suma el 75 por ciento, por un día de jornada laboral el Jueves o Viernes Santo, recibirá $ 75.833.
Si su salario equivale a más del mínimo, súmele al precio de un día de trabajo el 75 por ciento. Puede hacer este cálculo a mano utilizando una regla de tres o con calculadora.
Sin embargo, recuerde verificar su contrato laboral, ya que puede que esta compensación no aplique en su caso. Si dentro de este no se contemplan los fines de semana y días festivos, el tiempo trabajado se considerará como horas extras.
De acuerdo con ‘Portafolio’, en 2024, el valor de una hora extra diurna quedó en 25 por ciento. Con referencia al mínimo equivale a $ 6.915.
“En el caso del recargo nocturno, este se le otorga al trabajador que labora durante la noche, es decir, entre las 9 p.m. y las 6 a.m. El porcentaje de adición corresponde al 35 por ciento sobre la hora ordinaria de trabajo, lo que tomando como referencia el mínimo es igual a $ 7.468”, explica Jessika Rodríguez en su artículo.
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