En este portal utilizamos datos de navegación / cookies propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúa navegando, usted estará aceptando esta utilización. Puede conocer cómo deshabilitarlas u obtener más información aquí

CLUB VIVAMOS
Suscríbete
Disfruta de los beneficios de El Tiempo
SUSCRÍBETE CLUB VIVAMOS

¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo [email protected] no ha sido verificado. Verificar Correo

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí. Iniciar sesión

Hola, bienvenido

¿Cómo está el clima en Bogotá?
¿Cómo se llama el hijo de Petro?
¿El pico y placa en Bogotá como quedaría para el 2024?

Consejo de Estado negó recusación del exsenador Alexander López contra sus magistrados

El proceso se relacionaba con la nulidad del acto de elección del excongresista.

Alexander López, presidente del Congreso.

Alexander López, presidente del Congreso. Foto: Mauricio Moreno. EL TIEMPO

Alt thumbnail

PERIODISTA JUDICIALActualizado:

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon
En las últimas horas, el Consejo de Estado tomó la decisión de rechazar una recusación formulada por el exsenador Alexander López Maya contra los magistrados de la Sala Plena de ese alto tribunal.
La recusación del excongresista se dio por el trámite del proceso en el cual la Sección Quinta decretó la nulidad del acto de elección del dirigente político, en noviembre pasado.
El congresista presentó dicha recusación con fundamento en una supuesta enemistad grave o amistad del juez frente a alguna de las partes, en busca de que los integrantes de la Sala Plena se apartaran del conocimiento de otra recusación formulada contra los integrantes de la sala electoral del Consejo de Estado”, señaló el Consejo de Estado al comunicar la decisión.
De acuerdo con la corporación, no está entre las funciones de la Sala Plena “el ejercicio de potestades jurisdiccionales”, pues de ella forma parte la Sala de Consulta y Servicio Civil, “que no tiene competencias en esa materia”.
Así mismo, indicó que, a pesar de que la Sala Plena Contenciosa (a la que no pertenece la Sala de Consulta y Servicio Civil) sí ejerce el poder jurisdiccional, “tampoco tiene competencia alguna frente a este caso concreto”.
Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes en Colombia.

Palacio de Justicia, sede de las altas Cortes en Colombia. Foto:Foto: Jesús Blanquicet

Además, el alto tribunal recalcó que las partes deben formular las recusaciones inmediatamente conocen de posibles impedimentos y no “después de que se tramita el proceso y luego de que se le notifica una decisión adversa a sus intereses”.
En este caso, la solicitud se hizo después de un año de iniciado el proceso, en el cual la parte actuó varias veces sin haber hecho referencia al supuesto impedimento.
El fallo del Consejo de Estado.

El fallo del Consejo de Estado. Foto:Toma de documento.

La anulación de la elección del exsenador se dio luego de estudiar una demanda en la que lo señalaban de doble militancia. De acuerdo con el alto tribunal, López Maya, expresidente del Congreso, al momento de su elección apoyaba a candidatos de Alianza Verde, pero tenía el aval del partido Polo Democrático.
La decisión fue proferida por la Sección Quinta del alto tribunal, al estudiar una demanda presentada por Fredy Mauricio Garzón Ramírez que alegaba que el congresista, uno de los alfiles del Pacto Histórico, había incurrido en una doble militancia.
A través de auto del 7 de diciembre de 2022, la Sala itió la demanda previa
verificación del cumplimiento de requisitos formales y negó el decreto de la medida cautelar solicitada. 
Redacción Justicia
En X: @JusticiaET

Más noticias de Justicia: 

Sigue toda la información de Justicia en Facebook y X, o en nuestra newsletter semanal.

00:00
00:00

Comentar

Whatsapp iconFacebook iconX iconlinkeIn iconTelegram iconThreads iconemail iconiconicon

Conforme a los criterios de

Logo Trust Project
Saber más
Sugerencias
Alt thumbnail

BOLETINES EL TIEMPO

Regístrate en nuestros boletines y recibe noticias en tu correo según tus intereses. Mantente informado con lo que realmente te importa.

Alt thumbnail

EL TIEMPO GOOGLE NEWS

Síguenos en GOOGLE NEWS. Mantente siempre actualizado con las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en Google News.

Alt thumbnail

EL TIEMPO WHATSAPP

Únete al canal de El Tiempo en WhatsApp para estar al día con las noticias más relevantes al momento.

Alt thumbnail

EL TIEMPO APP

Mantente informado con la app de EL TIEMPO. Recibe las últimas noticias coberturas historias y análisis directamente en tu dispositivo.

Alt thumbnail

SUSCRÍBETE AL DIGITAL

Información confiable para ti. Suscríbete a EL TIEMPO y consulta de forma ilimitada nuestros contenidos periodísticos.