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Noticia
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El pulso que le ganó Ramiro Bejarano a Abelardo De La Espriella en la Corte Constitucional
El alto tribunal ordenó el desarchivo de una queja disciplinaria contra el penalista monteriano.
Los reconocidos abogados Abelardo De La Espriella y Ramiro Bejarano Guzmán. Foto: Página de De La Espriella / Universidad Externado
La Corte Constitucional acaba de dictar un fallo de tutela en el que ordena la reapertura de un proceso disciplinario que se había archivado anticipadamente, en la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá, favoreciendo en su momento al empresario y penalista monteriano (en retiro) Abelardo De La Espriella Otero.
La Comisión Seccional cerró, en enero de 2022, un proceso disciplinario que cursaba contra De La Espriella por una queja que radicaron en su contra los abogados Ramiro Bejarano y Ulises Canosa. Dicha decisión fue confirmada por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en noviembre de 2023.
En la queja lo señalaban de presionar a su contraparte, el Banco BBVA, para tratar de lograr un acuerdo consensuado "mediante amenazas penales", en el marco de una casación en un litigio civil por un negocio que no se perfeccionó entre el banco -defendido por Bejarano- y la empresa Promotora Universal de Inversiones Ltda. -defendida por De La Espriella-.
El fallo de la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Cristina Pardo, concedió una tutela que presentó Bejarano y tumbó el cierre anticipado de la investigación contra De La Espriella en la Comisión Seccional de Bogotá.
El penalista Abelardo De La Espriella ha sido defensor de varios políticos y expresidentes Foto:Archivo Particular
La decisión de la Comisión a favor de De La Espriella fue "arbitraria"
La decisión de la magistrada Pardo va más allá y le pide a la Comisión Seccional que le formule cargos al penalista monteriano que incursionó en el mundo de la canción y en el negocio de los licores con la producción de un ron.
"Ordenar a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá que dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente sentencia retome la actuación y efectúe la formulación de cargos correspondiente. Igualmente, deberá adoptar las medidas indispensables para que la investigación continúe de modo que en la audiencia de juzgamiento se recauden, practiquen y valoren las pruebas indispensables con el fin de llevar a la convicción sobre la configuración o no de las faltas disciplinarias denunciadas", indica la decisión.
Magistrada Cristina Pardo Schlesinger de la Corte Constitucional. Foto:Cesar Melgarejo. EL TIEMPO
Para la magistrada Pardo, el archivo anticipado del proceso, cuya queja se presentó en enero de 2020, fue una determinación"arbitraria" de la Comisión Seccional.
"Dado que la decisión proferida por la Comisión Seccional de Disciplina Judicial incurrió en un defecto fáctico, pues se profirió sin contar con el sustento probatorio requerido por el artículo 103 del Código Disciplinario del Abogado y, aun así, hizo tránsito a cosa juzgada, la Sala concluyó que se estaba ante la circunstancia de que una decisión no razonable y arbitraria–pero debidamente ejecutoriada–, que impedía a la justicia disciplinaria efectuar la tarea que le confió el ordenamiento constitucional y establecer si los hechos denunciados en contra del letrado Abelardo de la Espriella Otero por los promotores de la queja disciplinaria, efectivamente existieron o no se presentaron", agrega el fallo.
La historia del millonario pleito entre Ramiro Bejarano y Abelardo De La Espriella
El pleito que provocó el desarchivo del proceso disciplinario contra el abogado y empresario tiene su génesis en el año 1982 cuando la sociedad Prounida Limitada compró certificados a término en una fiducia del Banco de Caldas por $263 millones de pesos. Dicha compra se dio en garantía de una operación de compraventa de acciones del banco. Pero la Comisión Nacional de Valores intervino en ese negocio ordenando la abstención de la inscripción del traspaso.
Prounida demandó, solicitando la restitución de su dinero, en 1983. El fallo de primera instancia se dio en 2001 y en él se ordenó al Banco BBVA (antiguo Banco de Caldas) a pagar la millonaria suma con intereses anuales vencidos del 34%.
Este fallo fue confirmado en 2007 por el Tribunal Superior de Bogotá y en noviembre de 2020 la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia rearmó todo y falló un recurso de casación a favor del banco, que representaba Bejarano, tumbando el millonario pago. El pago había sido tasado en 12.460 millones de pesos.
Ramiro Bejarano, director del departamento de derecho procesal de la Universidad Externado. Foto:Universidad Externado
En el marco del trámite de dicho recurso de casación fue que se presentaron las presuntas irregularidades que la jurisdicción disciplinaria deberá esclarecer.
Por una parte, De La Espriella señaló a Canosa, entonces presidente jurídico del Banco de Caldas, de dar una información incorrecta para que el pago ordenado por el juez de primera instancia fuera menor. Durante el trámite de la casación, De La Espriella planteó una conciliación del caso a cambio de no denunciar la supuesta actuación de Canosa.
"Me veré en la obligación de poner una Querella al Banco BBVA España e informaré a la prensa toda esta situación”, cita la Corte sobre lo que dijo De La Espriella.
Será la Comisión de Disciplina Judicial la que decidirá si De La Espriella incurrió en alguna "presión indebida" o en una "intimidación".