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Ley Ángel y Lorenzo: dos medidas que endurecen las penas contra quienes maltraten a los animales
Gustavo Petro promulgó estas dos nuevas leyes en la Plaza de Armas de la Casa de Nariño el 23 de abril.
La Ley Lorenzo busca proteger a los perros utilizados en tareas de seguridad y vigilancia privadas. Foto: César Melgarejo/ El Tiempo

Actualizado:
La Ley Ángel actualiza el Estatuto Nacional de Protección de los Animales. Foto:iStock
Ley Ángel
Con esta medida se busca fortalecer la lucha contra el maltrato animal. Foto:iStock
¿En qué consiste?
- Prohibir la adquisición, tenencia, cuidado y refugio de animales a aquellas personas que hayan sido condenadas por maltrato animal.
- Aumentar las penas a quienes le causen la muerte a un animal de manera intencional, con prisión de 32 a 56 meses, lo cual lo convertiría este delito en no excarcelable. Además, impone multa de 30 a 60 salarios mínimos e inhabilidad de 2 a 5 años para ejercer profesiones relacionadas con animales.
- En el caso de lesiones, la pena de prisión podrá oscilar entre 20 y 48 meses de prisión, y la multa estaría entre 15 y 30 salarios mínimos.
- Incluir agravantes como cometer el acto en sitios públicos, involucrar menores de edad, ejercer actos sexuales con animales o cuando la persona sea servidora pública, entre otros agravantes.
- Otorgar facultades y responsabilidades a la Policía Nacional o, en su defecto, a los alcaldes o entidades encargadas. En este apartado, se le otorga a la Policía Nacional la facultad de ingresar a las residencias si se establece que un animal está en riesgo.
- Incluir los delitos contra los animales en el certificado de antecedentes judiciales.
- Destinar los dineros recaudados por las multas a la divulgación, ejecución, socialización y educación de las políticas de bienestar animal a toda la ciudadanía.
Se velará porque los animales que ejercen labores de seguridad sean tratados como seres sintientes. Foto:iStock
- Las empresas que empleen animales para labores de vigilancia y seguridad deberán garantizar una adecuada nutrición a los caninos y establecer planes de alimentación según la raza, edad, actividad física y condiciones particulares
- Asegurar espacios y tiempos semanales de juegos o actividad física, de entre 14 a 28 horas, como mínimo.
- Prohibición de uso de bozales o collares que lastimen el cuello de los animales.
- Establecer programas de capacitación presencial dentro de las escuelas de vigilancia y seguridad en áreas como protección y bienestar animal, y etología.
- Edad límite para la prestación de servicios por parte de los caninos hasta los seis años, así como la obligación de implementar planes de retiro de los animales de compañía.
- Propiciar, junto con el Ministerio TIC, el desarrollo de tecnologías para lograr el reemplazo gradual de estos caninos de trabajo.
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