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Crónica del fallo histórico que lograron una fiscal y una juez en caso de policía que mató a mujer de 80 puñaladas

Carlos Eduardo Padilla Celín pagará más de 40 años de cárcel. No tuvo la más mínima piedad.

Carlos Eduardo Padilla Celín se desempeñaba como Policía.

Carlos Eduardo Padilla Celín se desempeñaba como Policía. Foto: Archivo particular

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Durante un juicio sin precedentes, la aguerrida fiscal Mónica Esperanza Abril Buitrago,  logró demostrar, más allá de toda duda razonable, que el patrullero Carlos Eduardo Padilla Celín asesinó con sevicia a su compañera sentimental Paula Andrea Celis Guzmán en presencia de su hijo. 
El veredicto final se conocerá el próximo 30 de julio y podría convertirse en una de las condenas ejemplares más significativas en materia de feminicidio con enfoque de género en Bogotá y el país. EL TIEMPO obtuvo en exclusiva los momentos más determinantes del juicio. 
Este juicio, al que muchos se refieren como uno de los más importante del año en la materia, está próximo a cerrar con una decisión histórica. La fiscal Abril, con una rigurosa y detallada presentación probatoria, logró convencer al despacho judicial de la responsabilidad penal del patrullero, por el feminicidio agravado de la también patrullera Paula Andrea Celis Guzmán, cometido el 22 de diciembre de 2023 en el conjunto residencial Nueva Santa Isabel, en el barrio Santa Isabel de la localidad de Los Mártires, en Bogotá. Pero no fue una tarea nada fácil. 
Carlos Eduardo Padilla Celín  se desempeñaba como Policía.

Carlos Eduardo Padilla Celín se desempeñaba como Policía. Foto:Archivo particular

Reconstruir de manera milimétrica el ataque fue, además de doloroso, un arduo trabajo que le tomó meses de trabajo a la fiscal y su equipo. Solo así pudo dejar sin escapatoria alguna al victimario. Era necesario saber que el auditorio comprendiera el grado de odio que hubo en el acto.

El ataque

Paula Andrea Celis Guzmán, patrullera de la Policía Nacional, fue asesinada con 80 puñaladas por su pareja sentimental.

Paula Andrea Celis Guzmán, patrullera de la Policía Nacional.  Foto:Archivo particular

Durante la madrugada del 22 de diciembre, hacia las 2:30 de la mañana, los gritos desesperados de Paula Andrea y el llanto de su hijo menor de edad despertaron a los residentes de la zona. 
De hecho, el testimonio de una vecina, fue crucial durante el juicio. Relató haber escuchado súplicas de auxilio provenientes del apartamento 203, seguidas por la voz de un hombre intentando calmar al niño. 
Este juicio no solo representa justicia para Paula Andrea y su familia, sino que se convierte en un mensaje claro a la sociedad colombiana: el feminicidio no será tolerado ni minimizado
Horas más tarde, el cuerpo sin vida de Paula Andrea fue hallado con 80 heridas por arma blanca distribuidas en rostro, cuello, tórax, abdomen y extremidades. El dictamen forense lo calificó como un caso de 'overkill', es decir, ensañamiento extremo, que evidenciaba una intención homicida impulsada por odio, dominación y control.
La médico forense Darley Yurani Silva Ramos explicó que la causa de muerte fue un choque hipovolémico hemorrágico producto del trauma múltiple. Indicó que muchas de las heridas se realizaron mientras la víctima intentaba defenderse, reforzando así la intención dolosa del acusado.
La escena del crimen evidenció rastros de sangre en múltiples espacios del apartamento: sala, cuarto, baño. El patrón era claro: se trató de un crimen ejecutado con extrema sevicia y premeditación.
La justicia debe ser firme, sensible y con enfoque de género
No fue un acto aislado, sino el punto culminante de un patrón sostenido de violencia física, psicológica y vicaria que Paula Andrea sufrió durante los dos años de convivencia con Padilla. Testimonios de sus hermanos, Carla Johanna y Luis Eduardo Celis Guzmán, confirmaron los antecedentes de maltrato: cachetadas, insultos, amenazas y control sobre su vida. Paula Andrea había denunciado al agresor meses antes y contaba con medidas de protección que fueron sistemáticamente desobedecidas por él.
La fiscal Abril subrayó que el crimen debía analizarse desde una perspectiva de género y desigualdad estructural, como lo establece el artículo 104A del Código Penal. “Negar esta perspectiva conduciría a una revictimización institucional”, expresó durante su intervención.
La situación se agravaba por el hecho de que el crimen se cometió frente al hijo menor de ambos, quien presenció la violencia y fue instrumentalizado por el agresor durante su huida.

Desprecio por la vida

Después de cometer el crimen, Carlos Padilla salió del apartamento cerca de las 10 de la mañana, cargando maletas, con una mano vendada y el niño en brazos. Así lo declaró el vigilante del conjunto, quien fue claro: nadie más entró o salió del inmueble esa noche. El acusado abandonó el lugar sin reportar ninguna novedad, intentando encubrir el crimen.
El conductor de taxi, fue otro testigo clave. Confirmó haber recogido a Padilla ese mismo día, aún con el uniforme de la Policía, portando varias maletas, y observó cómo “lanzó” al niño al asiento trasero “como si fuera un objeto”. Padilla se mostraba nervioso y tenía heridas visibles, signos inequívocos de su participación en el crimen.
Además, intentó desviar la atención enviando mensajes falsos desde el celular de Paula Andrea, haciéndole creer a su familia que estaba hospitalizada. Esta acción fue desmontada por las actividades investigativas de la Fiscalía, que concluyeron que se trató de una maniobra de distracción.

El patrón violento de un agresor reincidente

Durante el juicio también declaró una expareja de Padilla. Ella relató con vehemencia episodios similares de violencia, insultos y agresiones físicas, así como amenazas de tipo vicario utilizando a su hija. Su testimonio permitió entender que Padilla repetía un patrón de control, agresividad y dominación, lo que reforzó el argumento de la Fiscalía sobre la personalidad violenta y reincidente del acusado.
Este no fue un crimen producto de un arrebato emocional, sino una acción metódica, consciente, planificada, y sobre todo, producto de un modelo de poder patriarcal ejercido con violencia
Los chats, reportes y antecedentes judiciales de violencia intrafamiliar se alinearon para construir un perfil detallado del agresor. La fiscal Abril recalcó: “Este no fue un crimen producto de un arrebato emocional, sino una acción metódica, consciente, planificada, y sobre todo, producto de un modelo de poder patriarcal ejercido con violencia”.
La audiencia de lectura de sentencia se realizará el próximo 30 de julio de 2025, y se espera que el juez imponga una pena ejemplarizante, como lo han solicitado tanto la Fiscalía como los representantes de víctimas. 
Abril explicó que en el caso de feminicidio agravado consumado, la pena mínima parte desde los 500 meses de prisión, equivalentes a 41,66 años. A partir de esta base, será la juez del caso quien determine si incrementa la condena, pudiendo llegar hasta un máximo de 600 meses, es decir, 50 años de cárcel. La decisión sobre la duración exacta de la pena se conocerá el próximo 30 de julio a las 12 del mediodía.
"Este juicio no solo representa justicia para Paula Andrea y su familia, sino que se convierte en un mensaje claro a la sociedad colombiana: el feminicidio no será tolerado ni minimizado", dijo Abril. 
Para la fiscal, este caso es una oportunidad para fortalecer la confianza en la justicia, reparar simbólicamente a las víctimas y reivindicar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia. “La justicia debe ser firme, sensible y con enfoque de género”, concluyó.
Dos mujeres, fiscal y juez, quienes tenían que ver como Padilla asistía a las audiencias siempre con tapabocas e incluso en medio de situaciones de sutil amenaza demostraron que ante los casos de feminicidio hay que ser contundentes. 
CAROL MALAVER
SUBEDITORA BOGOTÁ
Escríbanos a [email protected] 

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