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¿Por qué la Policía no intervino como esperaba la ciudadanía ante los actos de vandalismo durante el 8M?

Los decretos y directivas establecen cómo deben actuar las autoridades en la protesta social. Expertos opinan. 

Estatua de Luis Carlos Galán en la Plaza del Consejo de Bogotá.

Estatua de Luis Carlos Galán en la Plaza del Consejo de Bogotá. Foto: Sergio Acero EL TIEMPO

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Muchos ciudadanos se sorprendieron al ver cómo, en las marchas del Día Internacional de la Mujer, algunas manifestantes causaron daños en la infraestructura pública. Según voceros de TransMilenio, los corredores de la carrera 7.ª, el Eje Ambiental, la avenida Caracas y la calle 26 fueron los más afectados por el paso de las manifestaciones.
Debido a esto, varias estaciones del sistema de transporte masivo debieron cerrar temporalmente, entre ellas: Museo del Oro, Las Aguas, Universidades, Parque Tercer Milenio, Avenida Jiménez, Calle 22, Calle 34, Flores y San Felipe.
Además de estos cierres, tres estaciones sufrieron daños en su infraestructura: Museo del Oro, San Diego y Calle 34. En estos puntos se registraron vidrios rotos y grafitis en paredes y torniquetes. También se vandalizaron cuatro buses con pintadas: dos del sistema troncal, uno dual y uno zonal.
El impacto de estos incidentes en la movilidad fue considerable. En total, 41 rutas de TransMilenio se vieron afectadas, 34 del servicio troncal y 7 del dual. Del componente zonal, 148 rutas fueron alteradas, con 74 paraderos omitidos, lo que dejó sin servicio a miles de pasajeros. Se estima que 36.948 s de TransMilenio y más de 503.000 del sistema zonal se vieron perjudicados.
Estatua de Luis Carlos Galán en la Plaza del Consejo de Bogotá.

Estatua de Luis Carlos Galán en la Plaza del Consejo de Bogotá. Foto:Sergio Acero EL TIEMPO

A medida que la movilización avanzaba por el centro de la ciudad, también se registraron daños en establecimientos comerciales y edificios públicos. Varias fachadas fueron pintadas con grafitis y algunas vitrinas resultaron afectadas. En videos compartidos en redes sociales se observan imágenes de manifestantes rayando estructuras y golpeando puertas de negocios ubicados en la carrera 7.ª, especialmente entre las calles 22 y 26.
Este tipo de actos ha sido recurrente en las protestas del 8M en años anteriores. En otras ocasiones, eventos similares han dejado vidrios rotos en estaciones de TransMilenio, ataques a establecimientos privados y daños en monumentos históricos.
Uno de los hechos que más indignación generó fue la vandalización de la estatua de Luis Carlos Galán, ubicada en la plazoleta del Concejo de Bogotá. Un grupo de manifestantes pintó y prendió fuego al monumento en medio de la jornada de movilización, lo que despertó críticas desde distintos sectores políticos y ciudadanos.

Tras este balance, surge la pregunta: ¿por qué la intervención de la Policía no fue tan evidente?

Parte de la respuesta está en el protocolo para garantizar el derecho a la protesta pacífica. En 2023, la Alcaldía Mayor de Bogotá implementó el Decreto 053, que establece el Protocolo Distrital para la garantía y protección de los derechos a la reunión, manifestación pública y protesta social pacífica. Según la istración distrital, esta normativa busca proteger el ejercicio de estos derechos fundamentales sin estigmatizar la protesta social.
El uso de la fuerza debe cumplir con los principios de necesidad, racionalidad, temporalidad, legalidad, diferenciación, focalización y proporcionalidad
Este protocolo reemplazó el Decreto Distrital 563 de 2015 con el objetivo de actualizar los lineamientos sobre la gestión de movilizaciones en la ciudad. La nueva normativa responde a recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos y a las dinámicas sociales actuales.
El documento establece directrices claras para la actuación de las autoridades distritales y la Policía Nacional. Según el texto oficial, “el uso de la fuerza debe cumplir con los principios de necesidad, racionalidad, temporalidad, legalidad, diferenciación, focalización y proporcionalidad”.
Marchas Día de la Mujer en Bogotá.

Marchas Día de la Mujer en Bogotá. Foto:Alcaldía de Bogotá

El decreto también define en qué situaciones la Policía Nacional puede intervenir en una manifestación. La intervención solo será legítima en casos donde se presenten actos de violencia que pongan en riesgo la vida e integridad de las personas, daños graves a bienes públicos o privados, o cuando haya bloqueos que afecten de manera significativa servicios esenciales o el orden público. La decisión de actuar debe tomarse bajo criterios de proporcionalidad y solo cuando se agoten las instancias de diálogo.
Asimismo, el decreto establece prohibiciones claras sobre el actuar de la fuerza pública durante las manifestaciones. La Policía tiene expresamente prohibido el uso de armas de fuego en el control de protestas, así como la utilización de armas menos letales de manera indiscriminada o desproporcionada
También se prohíben las detenciones arbitrarias, los traslados por protección sin justificación, el uso de violencia física innecesaria contra manifestantes y cualquier tipo de agresión basada en género, identidad o condición social.

Los derechos de las mujeres

Una de las principales innovaciones de este protocolo es la creación de la Submesa para la Protección de los Derechos de Mujeres y Diversidades en Protestas Sociales. La Secretaría Distrital de la Mujer destacó que este espacio permitirá garantizar la participación y protección de las mujeres y personas de género diverso en contextos de manifestación.
Miles de mujeres participaron en las marchas del
8M con actividades culturales y pedagógicas.

Miles de mujeres participaron en las marchas del 8M con actividades culturales y pedagógicas. Foto:Sergio Acero

Por su parte, la Alcaldía de Bogotá informó que el protocolo fomenta la coordinación entre las autoridades y los organizadores de protestas mediante el diálogo previo y durante las manifestaciones. Se busca así mitigar posibles afectaciones a terceros y equilibrar el derecho a la protesta con otros derechos ciudadanos.
Además, se incluyen medidas de formación en derechos humanos y manejo de multitudes para las fuerzas del orden. Según la istración distrital, estas capacitaciones seguirán estándares internacionales sobre el uso de la fuerza en contextos de protesta.
Para la Alcaldía, la implementación de este protocolo representa un avance en la consolidación de una cultura de respeto a los derechos humanos en Bogotá. La normativa establece lineamientos claros y promueve la participación activa de distintos sectores de la sociedad.
Desde la Secretaría de Gobierno de Bogotá han manifestado su compromiso con la difusión y aplicación efectiva de este protocolo. Uno de los propósitos es que Bogotá se convierta en un referente nacional e internacional en la gestión adecuada de las protestas sociales.
Expertos en derechos humanos han señalado que este protocolo reconoce la protesta social como un derecho legítimo en una sociedad democrática. Su aplicación efectiva contribuiría a fortalecer la participación ciudadana y el diálogo pacífico en la ciudad.
Finalmente, la Alcaldía subrayó que el Decreto 053 de 2023 y su protocolo asociado representan un paso clave en la protección de los derechos fundamentales en la capital. La correcta implementación de la norma será crucial para garantizar una convivencia más equitativa y pacífica.

Otros lineamientos 

Por otro lado, la Directiva 0001 de 2024 de la Fiscalía General de la Nación, emitida el 10 de septiembre de 2024, establece lineamientos para reforzar el reconocimiento, garantía y protección del derecho a la protesta social pacífica.
Este documento reconoce la protesta social pacífica como un derecho fundamental protegido por la Constitución y por tratados internacionales. Además, establece que las manifestaciones públicas deben presumirse lícitas y no constituyen una amenaza al orden público, salvo que se demuestre lo contrario.
La directiva también diferencia entre el ejercicio legítimo de la protesta y las conductas delictivas que puedan ocurrir en su contexto. La comisión de delitos durante una protesta excede la protección del derecho a la protesta pacífica y puede dar lugar a la acción penal por parte de la Fiscalía.
Asimismo, se brinda una protección especial a defensores de derechos humanos y periodistas que cubren las protestas, instando al personal de la Fiscalía a tomar decisiones libres de prejuicios y discriminación.
La comisión de delitos durante una protesta excede la protección del derecho a la protesta pacífica y puede dar lugar a la acción penal por parte de la Fiscalía.

¿La Policía está maniatada? Expertos opinan

La fachada del teatro y la escultura vandalizadas.

La fachada del teatro y la escultura vandalizadas. Foto:Néstor Gómez/EL TIEMPO

El experto en seguridad Gustavo Niño afirmó que, ante la pregunta de El Tiempo sobre por qué la Policía no intervino en las recientes protestas, pueden plantearse varias hipótesis.
La primera está relacionada con el contexto actual de la Policía. Explicó que el nuevo gobierno llegó con la promesa de desmantelar el Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) y reemplazarlo por la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (UNDMO), que privilegia el diálogo sobre la confrontación.
“Lo que hemos visto en hechos como los del fin de semana es que la Policía no se siente respaldada cuando enfrenta actos de vandalismo. Esto es evidente en Bogotá y en el Cauca, donde ocurre lo mismo. La falta de uso de la fuerza ha derivado en secuestros de policías y militares, lo que representa una debilidad en todo el país”, afirmó Niño.
Vandalismo a estatua de Luis Carlos Galán.

Vandalismo a estatua de Luis Carlos Galán. Foto:Redes sociales.

Además, señaló que en la marcha participaron figuras políticas afines al gobierno, como Susana Muhamad y Ángela María Robledo, lo que también pudo generar dudas sobre la intervención policial. “Es una manifestación vinculada a la corriente política que tiene en el poder al comandante en jefe de las Fuerzas Militares y de la Policía. Eso limita la actuación y genera temor”, sostuvo.
Por otro lado, Niño explicó que la intervención policial requiere el mandato del jefe de policía local, que en el caso de Bogotá es el alcalde mayor. “No sabemos cuál fue el argumento para que él no reaccionara. Como señaló el presidente Petro, el alcalde es la cabeza del orden público en la ciudad. Si hubo un error de su parte, debe revisarse qué decidió el Puesto de Mando Unificado (PMU) y por qué permitió que esto ocurriera”, enfatizó.
El derecho a la protesta es legítimo, pero una cosa es manifestarse pacíficamente y otra es generar daño a la propiedad, afectar bienes públicos y poner en riesgo la vida de las personas
Por su parte, el experto Orlando Carrillo señaló que la transformación del ESMAD en la UNDMO estableció reglas más claras sobre el uso de la fuerza. Explicó que en las protestas primero debe privilegiarse el diálogo antes de recurrir a la represión.
“Hemos avanzado en un proceso que prioriza la protesta social, pero cuando esta se desborda en actos vandálicos, se evidencia la falta de autoridad en la capital”, afirmó.
Carrillo criticó la falta de direccionamiento claro desde la Secretaría de Seguridad y los Puestos de Mando Unificado. “Esto ha elevado los niveles de violencia en las manifestaciones, bajo el argumento de que la protesta es un derecho”, explicó.
Hemos avanzado en un proceso que prioriza la protesta social, pero cuando esta se desborda en actos vandálicos, se evidencia la falta de autoridad en la capital
“El derecho a la protesta es legítimo, pero una cosa es manifestarse pacíficamente y otra es generar daño a la propiedad, afectar bienes públicos y poner en riesgo la vida de las personas. Debemos reevaluar la situación, emitir órdenes claras y garantizar la identificación y judicialización de los responsables. La justicia debe actuar para minimizar estos hechos en el futuro”, concluyó.
Luego del estatuto de atención a la protesta social que solicitó la Corte en 2020, en el país no se clarificó la delgada línea entre protesta, movilización, plantón, bloqueo y cómo se debe registrar cuando alguno de esos pasa al vandalismo que, a diferencia de los primeros, es un delito y no un derecho.
Según Andrés Nieto, experto en seguridad, esta zona gris ha generado un vacío en la respuesta de la Policía, que requiere una denuncia formal para actuar en casos de vandalismo. En Bogotá, por ejemplo, entidades como Transmilenio y algunos privados han interpuesto denuncias, pero la falta de una organización clara sobre la istración y custodia de monumentos y bienes públicos deja a las autoridades sin un respaldo sólido para avanzar en procesos formales.
Nieto advierte que, ante este escenario, la Policía teme actuar por la ausencia de apoyo de otras entidades públicas y la incertidumbre sobre quién debe generar el reporte formal que sustente su intervención. Esta indefinición no solo debilita la capacidad de respuesta de la fuerza pública, sino que también deja desprotegidos los espacios y bienes de la ciudad ante actos de vandalismo.
CAROL MALAVER
Subeditora Bogotá
Escríbanos a [email protected]

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