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Noticia
Armando Benedetti será el ministro delegatario ante viaje del presidente Petro a posesión de Noboa
Se habría confirmado su militancia por Colombia Humana. Asumirá como delegado de las funciones presidenciales.
Benedetti habló sobre la consulta popular que se llevará a cabo. Foto: Archivo
A través de una carta del presidente Gustavo Petro a la cabeza del Congreso, Efraín Cepeda, y de un decreto se conoció que Armando Benedetti será el ministro delegatario durante este fin de semanas. Es decir, será el que asuma las funciones presidenciales mientras que el mandatario está fuera del país.
La cabeza del Estado colombiano viajará a Quito para asistir a la posesión de Daniel Noboa como presidente de Ecuador. A pesar de que Petro se negó inicialmente a aceptar dicha victoria en las urnas, por supuestos hechos irregulares, la presencia en las ceremonias oficiales da a entender el reconocimiento oficial de facto.
El anterior cargo del ministro Benedetti fue ser jefe de despacho de Presidencia. Foto:Ministerio del Interior
No es la primera vez que Armando Benedetti figura como ministro delegatario del gobierno de Gustavo Petro. Hace dos semanas fue designado en esa misma labor, como se conoció en un decreto. Sin embargo, el mandatario se echó para atrás y hasta catalogó de mentirosos los medios que informaron que el ministro del Interior quedaba como encargado de las funciones presidenciales.
"Que pena desmentirlos. Quien me reemplazará es la persona que lo ha hecho en la mayoría de las veces cuando salgo del país: Guillermo Alfonso Jaramillo", decía el trino presidencia, que no correspondía con la realidad, pues amplia documentación demostraba que Benedetti sí había sido designado como ministro delegatario.
Luego se conoció que el cambio de opinión del presidente Petro se debía a que Armando Benedetti no figuraba como militante de la Colombia Humana, partido del presidente, en el registro del CNE. De acuerdo con la ley, el designado debe provenir de la misma colectividad del mandatario nacional.
Presidente Gustavo Petro se volvió a referir sobre la reforma laboral y sobre la consulta popular. Foto:Presidencia de la República
"Cuando el presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio del cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá, bajo su propia responsabilidad, las funciones constitucionales que el presidente le delegue. El ministro delegatario pertenecerá al mismo partido del presidente", dice el acto legislativo 1 de 1977, con el que se creó la figura de designado.
Dos semanas después del cambio de designado, Gustavo Petro volvió a insistir en Armando Benedetti como su reemplazo en las funciones presidenciales. En este caso, desde el Ministerio del Interior aseguraron que ya se pudo confirmar que su cabeza sí es militante de Colombia Humana, por lo que sí puede quedar como delegatario.
Esto fue confirmado en el decreto de delegación: "Que mediante certificación de fecha 6 de mayo de 2025, suscrita por la Secretaria General del Movimiento Político Colombia Humana, se informó 'que Armando Alberto Benedetti Villaneda funge como militante de nuestro movimiento desde el15 de diciembre de 2021'".
Presidente Gustavo Petro en Barranquilla este 20 de mayo. Foto:Presidencia
Las funciones delegadas en Benedetti
Cada Presidente define cuáles funciones delega mientras su ausencia y quedan consignadas en el respectivo decreto en el "cual se delegan funciones legales y unas funciones constitucionales". Según el actual decreto, el 554 de 2025, Benedetti podrá ejercer competencias como dar autorización para que servidores públicos puedan firmar contratos o aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales (Artículo 129).
También tiene la capacidad de convocar a sesiones extraordinarias del Congreso (artículo 138), poner mensaje de urgencia a los proyectos (artículo 163); sancionar leyes (artículo 165), objetar leyes (artículo 166), guiar la relación con las distintas ramas del poder (artículos 200, 201 y 202), declarar los estados de conmoción (artículos 213, 214 y 215), y destituir gobernadores y alcaldes (artículos 303, 304, 314 y 323).
También el decreto le delegó a Benedetti todas las funciones que la Constitución le entrega al Presidente, consagradas en el artículo 189 -salvo dirigir las relaciones internacionales- y ejercer las facultades extraordinarias del Presidentre establecidas en el artículo 150.
Puede ver:
Gobierno del presidente Petro radicó nueva consulta popular Foto: