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Intereses de cesantías: pilas, esto deberán pagarle de más si no le consignan a tiempo

Corren las últimas horas para que su empresa le pague los intereses de las cesantías.

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Trabajadores de distintas empresas de Colombia reciben en el mes de enero el pago de los intereses de las cesantías, una prestación social que el empleador les debe consignar en los tiempos establecidos por la ley. De lo contrario, se verán expuestos a sanciones y pagos adicionales.

¿Qué son los intereses de las cesantías?

Las cesantías debieron pagarse, a cada trabajador, el pasado 14 de febrero. ¿Qué pasa si usted, como empleador, no lo ha hecho?

Las cesantías debieron pagarse, a cada trabajador, el pasado 14 de febrero. ¿Qué pasa si usted, como empleador, no lo ha hecho? Foto:istock

Primero, tenga presente que las cesantías son una prestación social y un tipo de ahorro que tiene el trabajador y que está a cargo de su empleador, dependiendo del contrato. Las cesantías se transfieren cada año al fondo que decida el trabajador.
Producto de esas cesantías surgen unos intereses: pago adicional que, en cambio, se le consiga directamente al empleado.

¿A quiénes les pagan los intereses de las cesantías?

Tanto las cesantías como sus intereses se pagan a los colombianos que cuentan con un contrato de trabajo a término fijo o indefinido. No lo reciben aquellos con contratos de prestación de servicios o salario integral.

¿Cómo se calculan los intereses de las cesantías? La fórmula

Con el pago de las cesantías se incluye un monto por los intereses generados en el año.
Fotoilustración para temas de billetes, moneda, impuestos, declaración de renta, economía. Foto: Andrea Moreno. El Tiempo.

Fotoilustración para temas de billetes, moneda, impuestos, declaración de renta, economía. Foto: Andrea Moreno. El Tiempo. Foto:Andrea Moreno. El Tiempo

El pago de intereses debe ser cancelado al empleado y equivale a un 12 % anual o proporcionales por fracción, precisa la Ley 50 de 1990.
Para que calcule cuánto le pagan de intereses, tenga en cuenta esta fórmula:
Valor de cesantías x días trabajados x 0,12 / 360.
Ejemplo: su pago de cesantías fue de $ 1'000.000 y trabajó 250 días del año. Multiplica esos dos valores junto con el 0,12, lo cual le arrojará como resultado 30'000.000. Esto último debe dividirlo en 360. Así, tendrá $ 83.333 de pago de intereses de las cesantías.

¿Cuándo pagan los intereses de las cesantías?

Su empresa debe pagarle los intereses de las cesantías con la nómina de enero. Es decir, a más tardar el 31 de enero de 2024.

¿Qué pasa si no le pagan a tiempo los intereses de las cesantías?

En caso de que pase el 31 de enero y usted no haya recibido el pago de los intereses de las cesantías, podrá recibir el doble. Es decir, en lugar del 12 %, la empresa deberá transferirle el 24 % de intereses, según explica el Ministerio de Justicia en su portal de ayuda LegalApp.
Las cesantías pueden ser retiradas por los trabajadores sin necesidad de intermediarios o tramitadores.

Las cesantías pueden ser retiradas por los trabajadores sin necesidad de intermediarios o tramitadores. Foto:iStock

Puede acudir al inspector de trabajo o al Ministerio de Trabajo para recibir asesoría frente al incumplimiento de su empleador y, así, iniciar los procesos correspondientes.
Puede comunicarse con el Ministerio a la línea nacional 01 8000 112518. En este directorio de la entidad puede revisar otros canales de o. Allí le dirán cuál es el procedimiento a seguir.
También, si necesita asesoría, puede acudir a la Defensoría del Pueblo, Personería o los consultorios jurídicos de su municipio.

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