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Desde cuándo aumentarán los pagos de horas extras y recargos nocturnos en Colombia

El cambio se da por la ley 2101 de 2021 que reglamenta la reducción en la jornada laboral en el país

El boletín fue publicado por la Contaduría General de la Nación.

El boletín fue publicado por la Contaduría General de la Nación. Foto: Fotomontaje a partir de imágenes de iStock.

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Desde el  1 de enero del 2024 hasta el 14 de julio de 2023, la jornada ordinaria máxima  laboral semanal es de 47 horas, esto ocurre  gracias a la Ley 2101 de 2021 que busca la reducción laboral paulatina, hasta llegar a 42 horas semanales para el año 2026.
Así las cosas, a partir de julio, volverán a bajar las horas máximas a trabajar en la semana y los colaboradores también experimentarán mínimos cambios en sus salarios.
Para el caso de una persona que gane el salario mínimo en el 2024 , hay que tener en cuenta que su salario base es 1'300.000 pesos y que su jornada ordinaria máxima semanal es de 47 horas del 1 de enero del 2024 hasta el 14 de julio de 2023.
En ese caso el trabajador debería hacer un máximo de 235 horas mensuales, lo que significa que el valor de su hora de trabajo ordinaria es de 5.532 pesos, a partir del 15 de julio del 2024 y hasta el 31 de diciembre del 2024, la máxima jornada mensual es de 46 horas, lo que significan 230 horas al mes y un valor de hora ordinaria de 5.652 pesos.
Por eso, las empresas deben optar por estar atentos a la hora de realizar los pagos a sus colaboradores deberán tener en cuenta el pago por las horas extras, así como los dominicales o festivos.
“La disminución de la jornada laboral no implicará la reducción de la remuneración salarial ni prestacional ni el valor de la hora ordinaria del trabajo ni exonera las obligaciones a favor de los trabajadores”, señala la Ley 2101 de 2021, en su artículo 4.
Conozca la diferencia entre el salario y los pagos laborales.

Conozca la diferencia entre el salario y los pagos laborales. Foto:iStock

En el caso de los recargos, que son las compensaciones económicas adicionales que se otorgan a los trabajadores por desempeñar su labor en condiciones especiales, como en jornada nocturna o en días domingos y festivos, las cuentas quedaron así:
Para las horas extras diurnas el incremento es del 25 por ciento, lo que hasta el 14 de julio significan 6.915 pesos, y desde el 15 de julio son 7.065 pesos.
Para la hora extra nocturna, el incremento sobre la hora de trabajo es del 75 por ciento, lo que hasta el 14 de julio significan 9.681 pesos por ese concepto, y desde el 15 de julio son 9.891 pesos.
El aumento en el caso de una hora extra diurna dominical o festiva es del 100 por ciento, lo que hasta el 14 de julio significan 11.064 pesos y desde el 15 de julio 11.304 pesos.
Para las horas extras nocturnas dominicales o festivas, el incremento es del 150 por ciento, lo que significan 13.830 pesos hasta el 14 de julio y 14.130 pesos desde el 15 de julio.
En los recargos nocturnos el incremento es del 35 por ciento, lo que significa hasta el 14 de julio 7.468 pesos y desde el 15 de julio 7.630 pesos.
El recargo dominical o festivo significa un incremento del 75 por ciento lo que es 9.681 pesos hasta el 14 de julio y 9.891 pesos desde el 15 de julio es 9.891 pesos.
Sobre el recargo nocturno en dominical o festivo, el incremento es del 110 por ciento, les decir que hasta el 14 de julio estará en 11.617 pesos y desde el 15 de julio en 11.870 pesos.

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