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Noticia
Fiebre amarilla| Minsalud publica resolución de emergencia sanitaria en el país: estas son las medidas
Como medida prioritaria, Gobierno ordena vacunación obligatoria para mayores de 9 meses en zonas de riesgo.
Se han reportado 400 posibles casos con 57 de ellos positivos para fiebre amarilla y fue reportado el fallecimiento de 23 Foto: Gobernación de Tolima
El Ministerio de Salud publicó este lunes, 21 de abril, la resolución 691 de 2025 mediante la cual se declara la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por el brote causado por el virus de la fiebre amarilla.
Según la resolución, todas las autoridades competentes del país deberán adoptar las medidas establecidas, siendo la vacunación masiva la más prioritaria.
En ese sentido, el Ministerio de Salud categoriza la vacunación en municipios de muy alto, alto y bajo riesgo. Para la primera categorización, la resolución dicta que se deben "vacunar a todas las personas susceptibles en el municipio desde los 9 meses de edad en adelante, incluidos los mayores de 59 años, la población extranjera y migrante, independiente de su estatus migratorio; ofertando vacunas en puestos fijos y móviles, incluyendo puestos de control sanitarios y realizando la vacunación de bloqueo mediante barrido documentado en el territorio del municipio, siguiendo los lineamientos que emita el Ministerio de Salud y Protección Social".
Para la segunda, es la vacunación masiva desde los 9 meses de edad, incluyendo mayores de 59 años, migrantes y extranjeros, sin importar su estatus. La metaes alcanzar al menos 95 por ciento de cobertura. Y para los municipios de riesgo bajo, la resolución dicta que se debe "mantener el programa permanente vacunación desde los 9 meses de edad hasta los 19 años".
El mosquito principal que transmite la fiebre amarilla en áreas urbanas es el Aedes aegypti Foto:Gobernación del Meta
Entre tanto, el documento indica que las estrategias y tácticas para alcanzar las metas de vacunación por parte de la red de prestación del servicio de vacunación según las condiciones propias del territorio.
"Cada municipio debe enviar mediante un oficio dirigido al departamento con copia al Ministerio de Salud y Protección Social, la programación de las estrategias y tácticas que implementará en cada IPS, firmado por el alcalde, secretario de salud municipal y gerentes de IPS", indica la resolución.
Y agrega: "La Secretaría de Salud estará a cargo del seguimiento, monitoreo de la micro planeación y evaluará semanalmente los resultados, para replantear las estrategias que se consideren necesarias".
Entre tanto, el documento dispone que cada secretario de salud municipal deberá enviar un reporte al Ministerio de Salud donde se especifique cada una de las acciones adelantadas para garantizar la vacunación.
Certificado de vacunación
Por otro lado, el Ministerio de Salud asegura que quienes no tengan carné ni registro de vacunación contra la fiebre amarilla deberán firmar una declaración jurando su vacunación y asumiendo responsabilidad por posibles contagios.
"El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá de los formatos requeridos para hacer efectiva las declaraciones de que trata el presente parágrafo. Este formato y los lineamientos del mismos serán divulgados a través de la página web oficial del
Ministerio de salud y Protección Social", indica la resolución.
Además, el documento indica que Minsalud, las direcciones territoriales y las EPS deberán garantizar personal, equipos de vacunación y respuesta inmediata para reforzar la detección de casos, educación comunitaria, vigilancia epidemiológica y vacunación, con enfoque de riesgo y según la planificación local.
Se detalla, también, las restricciones a la movilidad. "Dentro de sus competencias y tras el análisis de riesgo, las autoridades de policía locales deberán implementar medidas restrictivas de movilidad y a zonas de circulación activa del virus de fiebre amarilla en los municipios de riesgo muy alto. Estas medidas estarán dirigidas a evitar que las personas sin antecedente vacunal contribuyan a la transmisión del virus. El Ministerio de Salud emitirá lineamientos para la implementación de dichas restricciones.
Y agrega: "Dentro de tales medidas, deberán establecer puestos de control sanitarios, en los que, en coordinación con la autoridad sanitaria loca! y departamental, se incluirá el servicio
de vacunación y deberán exigir a los viajeros la presentación de carné de vacunación de fiebre amarilla o declaración de rechazo o declaración de antecedente vacunal".
En el terminal de transporte del Salitre, en Bogotá, se realizan jornadas de vacunación. Foto:Sergio Acero. EL TIEMPO
Municipios de muy alto, alto y bajo riesgo, según Minsalud