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Análisis
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Estos son los 15 cambios para los trabajadores que habría con la reforma laboral en Colombia
¿A qué hora empezaría la jornada nocturna? ¿Cómo queda la licencia de paternidad y los contratos a término fijo?
La reforma laboral logró pasar su primer debate de cuatro en el Congreso antes de terminar esta legislatura. El proyecto plantea una serie de cambios para los trabajadores. Quedaron aprobados 81 artículos y se eliminaron 23 que desarrollaban la propuesta de derecho colectivo. Conozca cómo le afectarán:
La jornada nocturna empezaría a las 7 de la noche. Foto:Archivo El Tiempo
1. Se adelantaría la jornada nocturna:
La jornada nocturna que hoy empieza a las 9 de la noche se empezaría a contabilizar desde las 7, es decir, los trabajadores ganarían dos horas. Las empresas tendrían que pagar un recargo a las personas que trabajen después.
El trabajo en el día de descanso obligatorio o los días de fiesta se remunerarían con un recargo del 100 % (hoy es del 75 por ciento) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.
Su implementación sería gradual de la siguiente manera:
- A partir de julio de 2024, se incrementaría el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80 por ciento.
- A partir de julio de 2025, el incremento sería de 90 por ciento.
- A partir de julio de 2026, se dará plena aplicación al recargo.
Lo anterior, sin perjuicio de que a la entrada de la ley el empleador se acoja al recargo del 100 %.
Según lo aprobado, el contrato de trabajo a término fijo podría celebrarse por un término de 4 años pero si se extiende se entenderá que es indefinido. De este modo, se acabaría con la prórroga indefinida que en la actualidad existe en ese tipo de contratos.
Al firmar un contrato laboral, el empleado puede solicitar copia de este Foto:iStock
4. Indemnización por despido:
Se aumentó la indemnización por despido sin justa causa.
_ En contratos a término fijo o por obra o labor mínimo será de 30 días (no de 15 como funciona actualmente).
_En los contratos a término indefinido será: si la persona trabajó menos de un año le pagarán 45 días.
Si trabajó entre uno y cinco años le pagan 15 días por año trabajado (sobre los 45 del primer año).
Si fue entre 5 y 10 años serán 20 días por cada año (sobre los 45 del primero).
Sí la persona trabajó más de 10 años. Le pagan 40 días por cada año ( sobre los 45 del primero).
5. Se aprobaron medidas para eliminar la violencia en el trabajo:
El texto plantea medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo. Se buscará proteger a todas las personas sin importar su forma de vinculación (pasantes, contratistas, voluntarios, personas que buscan trabajo...)
6. ¿Cómo queda la licencia de paternidad?
Subirá de dos a seis semanas. La implementación será gradual. El primer año subirá 3 semanas, el segundo a 4 semanas y el tercero a 6.
Se podrán acordar jornadas flexibles de trabajo para que los trabajadores puedan cuidar a sus familiares.
La Ley 1788 del 2016 obliga a los empleadores a pagar la prima laboral a empleados domésticos. Foto:iStock
7. Formalización del trabajo doméstico:
Con la reforma laboral se formaliza el trabajo doméstico. Se indica que estas personas deberán tener un contrato de trabajo escrito que deberá ser registrado para que las autoridades realicen seguimiento. En la actualidad, se estima que hay 630.000 trabajadoras domésticas de las que solo el 17 por ciento cotizan a seguridad social: 107.000 frente a 523.000 que no cotizan.
Este artículo nuevo establece que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) vinculará progresivamente a los padres/madres comunitarias y sustitutas para que puedan pertenecer a la planta de personal en calidad de trabajadores oficiales, lo cual les permitirá contar con todos los derechos laborales que por años han reclamado. Colombia cuenta con 69.000 madres comunitarias que atienden a 1'7 millones de niños y niñas en la modalidad comunitaria de la educación inicial.
9. Licencia parejas del mismo sexo:
La licencia de maternidad y paternidad en parejas adoptantes del mismo sexo será igual que en las heterosexuales.
11. Personas que estén en formación como los aprendices del Sena:
El contrato de aprendizaje recupera la condición de laboralidad con el salario al 100 por ciento y la garantía de la seguridad social. En el texto se indica que a los aprendices se les pagará el salario mínimo completo y tendrán derecho a las prestaciones sociales.
Logró recuperar su maleta. Foto:TikTok: @raul.rico5
12. Trabajadores de las plataformas de reparto:
Las relaciones entre las empresas de plataformas digitales de reparto y los trabajadores podrán ser de carácter dependiente y subordinado o de carácter independiente y autónomo.
En el caso de trabajadores independiente, la empresa concurrirá en el pago de aportes a salud y pensión en 60 por ciento, frente a un 40 por ciento a cargo de la persona trabajadora. Además, se garantizará el cubrimiento en materia de riesgos laborales a cargo exclusivo de la empresa.
13. Contrato agropecuario:
Con la reforma, se crearía la modalidad de jornal agropecuario para remunerar este tipo de contratos y en ningún caso el diario sería inferior al salario mínimo diario legal vigente o al pactado en convención colectiva sectorial más el tiempo de descanso que no podrá ser inferior al veinte por ciento (20 por ciento) de dicha cuantía y el factor prestacional que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30 por ciento) de dicha cuantía.
Comprenderá aquellas actividades permanentes, transitorias, estacionales en virtud de los ciclos productivos o de temporada, continuas o discontinuas.
14. Teletrabajo transnacional:
Se crea el teletrabajo transnacional para que las personas puedan teletrabajar, con todas las garantías, desde cualquier lugar del mundo.
15. Derechos colectivos:
La reforma se refiere a las garantías para el ejercicio de la libertad sindical, ampliando los derechos a la participación, el a la información y la protección frente a conductas antisindicales.
Además, se regulan los pactos colectivos y se prohíben los contratos sindicales.